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Decreto actual
En el artículo 117, de la Ley de Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial, están estipulados
los montos que se deben pagar por cometer una infracción
de tránsito.
99.- En el actual decreto se estipula que la multa
por utilizar la vía pública para competencias
automovilísticas es de $285,07 (¢2,500 ).
100.- Por conducir un vehículo bajo los efectos
de bebidas embriagantes está estipulado que el infractor
cancelará una multa de $285,07 (¢2,500).
61.- Con la actual disposición se sanciona que
el conductor y el pasajero del asiento delantero viajen sin
el cinturón de seguridad .
63.- Conducir una motocicleta sin casco y llevar a
un acompañante sin casco protector es sancionado con
$34.29.
39.- Actualmente este numeral se lee así: La
velocidad cuando otro trate de sobrepasar. Actualmente
está infracción es sancionada con $34.29.
47.- El actual decreto dice que transportar cadáveres
sin orden judicial será multado con $34,29. Este numeral
no específica a cuál autoridad hay que recurrir
para solicitar permiso de traslado de personas fallecidas.
76.- Transportar personas en función comercial
sin el permiso correspondiente o transportar personas en las
camas de los pick ups es multado actualmente con $57,14.
4.- Efectuar paradas en lugares no autorizados y alejados
de la cuneta de la acera. Bajar o subir pasajeros en tales
lugares o en esquinas es multado actualmente con $34,29.
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Decreto modificado
El artículo 117 es el que más
modificaciones sufrirá de ser aprobada las reformas
impulsadas por el PCN y FMLN.
99.- Al entrar en vigencia el nuevo decreto, la multa
por utilizar la vía pública para competencias
automovilísticas sin autorización se reduce
a la quinta parte; es decir, $57,14 (¢500).
100.- De ser aprobado este nuevo decreto, las personas
que conducen bajo los efectos del alcohol únicamente
cancelarán un monto de $57,14 (¢500)
61.- Las nuevas reformas disponen que únicamente
se cometerá infracción si el conductor del
vehículo viaja sin llevar puesto el cinturón
de seguridad.
63.- Las nuevas disposiciones proponen que únicamente
sea una infracción que el conductor viaje sin casco.
La multa por infringir la disposición se mantiene
igual.
39.- Se modifica la redacción. Aumentar
la velocidad cuando otro vehículo trata de sobrepasar
se sancionará con $34.29.
47.- Este numeral también cambia en su redacción.
Con el nuevo decreto se específica que se sancionará
con $34.29 a las personas que trasladen cadáveres
sin el permiso de la autoridad competente, en lugar de orden
judicial como dice la disposición actual.
76.- El nuevo decreto se leerá así:
Transportar personas en función comercial, sin el
permiso correspondiente. Ya no se multará por llevar
a personas en las camas de los pick ups si está autorizado.
4.- Se modifica que además no se puede bajar
o subir pasajeros en los mismo lugares estipulados.
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