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Investigan a empleadas de Canales
El Fiscal General está convencido de que el juez Canales
no tiene que ver con el hurto de dinero ni droga, pero señala
que el descuido en su tribunal lo hace responsable de las pérdidas
María T. Pérez
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
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El juez Ricardo Canales Herrera aún
sigue laborando en el juzgado, ya que no ha sido notificado
de su despido.
FOTO HERBERT SARAVIA |
El juez Ricardo Canales Herrera no es el único investigado
por la pérdida de droga y dinero de su tribunal. Dos de sus
subalternas son investigadas también.
La Corte Suprema de Justicia destituyó al juez Canales Herrera
como respuesta a una denuncia promovida por la Fiscalía General,
por el extravío de evidencias en el tribunal.
El Fiscal General, Belisario Artiga, dijo ayer que por el extravío
de la droga también se procesa a Elsa Karina Valle Arrué,
secretaria del juzgado, y Victoria Escobar de Cerén, aunque
no especificó los cargos.
Canales y las empleadas son acusados de la pérdida de ¢180
mil y 500 gramos de heroína valorados en ¢300.
A Canales se le acusa del delito de peculado por culpa (no intencional).
Hay una cadena de responsabilidades, y pensamos que el juez
no tomó el dinero, dijo Artiga.
La semana pasada, el juez declaró que la Fiscalía,
en vez de investigar quién se robó las evidencias,
prefirió, sin costo alguno, culparlo a él por el extravío.
Sin embargo, para Artiga, el juez no se abocó a conocer
las investigaciones que hicimos. El hecho de que Canales pidiera
una investigación por la pérdida no lo inhibió
de responsabilidad, señaló Artiga.
Agregó que el juez es el responsable del cuido de la evidencia
extraída de una caja fuerte.
El juez Canales renunció incluso al fuero de juez para que
se le investigara, pero Artiga indicó que ya no es necesario,
porque fue destituido de la judicatura.
El juez Canales ha dicho que se considera inocente de los cargos
y que volverá a ejercer la abogacía una vez deje el
tribunal.
No se pudo obtener comentarios de las empleadas.
¿Qué es peculado por culpa?
La Fiscalía considera que, por descuido del juez Canales Herrera,
otros se robaron el dinero y la droga.
u Según el Artículo 328 del Código Penal, el
funcionario o empleado que por su culpa diere ocasión a que
se cometiere por otra persona el peculado será sancionado con
diez a cien días multa. |
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