Constitucional
Ley de
Integración Monetaria
Funcionarios de la Corte declinaron
revelar detalles de la sentencia, que hasta ayer
tarde aún no había sido notificada
formalmente a las partes.
- El Diario
de Hoy
La
dolarización de El Salvador ha quedado
firme después de que la Corte Suprema de
Justicia emitiera, ayer, un fallo que
prácticamente avala la legislación
que fundamenta ese proceso, revelaron ayer
fuentes judiciales.
La Sala de lo Constitucional de la Corte
resolvió así sobre la Ley de
Integración Monetaria, que permite la
libre circulación del dólar como
moneda de curso legal en el país junto al
colón, a partir del 1 de enero de 2001 y
fija una paridad de 8.75 de colón por
cada dólar.
Las fuentes advirtieron que la sentencia no
dejaba de ser un poco "compleja" y que la Sala
aclaraba disposiciones de la normativa sobre el
papel del Banco Central de Reserva (BCR) como
rector de la política monetaria nacional,
uno de los puntos que atacaban algunos
detractores de la Ley.
El artículo 111 de la
Constitución establece que "el poder de
emisión de especies monetarias
corresponde exclusivamente al Estado, el cual
podrá ejercerlo directamente o por medio
de un instituto emisor de carácter
público. El régimen monetario,
bancario y crediticio será regulado por
la ley... El Estado deberá orientar la
política monetaria con el fin de promover
y mantener las condiciones más favorables
para el desarrollo ordenado de la
economía nacional".
La ley efectivamente regula el régimen
monetario y no abroga la potestad del Estado de
emitir moneda ni las facultades del BCR.
Entre los beneficios que prometían los
auspiciadores de la legislación figuraba
la baja de las tasas de interés y el
fortalecimiento de la economía local.
Funcionarios del máximo tribunal
declinaron ayer detallar sobre la sentencia y
aseguraron que no se divulgaría su
contenido hasta hoy.
Según se supo, los magistrados votaron
y firmaron por la ley ayer por la mañana,
pero las partes aún no habían sido
notificadas por la tarde.
Un anuncio
El fiscal general, Belisario Artiga, que
expresó la opinión técnica
del Ministerio Público en el proceso de
once meses, vaticinó el pasado 2 de
noviembre que la Corte confirmaría la
constitucionalidad de la Ley de
Integración Monetaria.
"La Ley de Integración Monetaria es
constitucional y quienes la han adversado en la
Corte Suprema de Justicia, no tienen
razón para pedir su anulación",
fue la conclusión a la que llegó
la Fiscalía luego de realizar un estudio
técnico de la ley.
"En los fundamentos planteados en la demanda
de los impetratantes no encontramos que haya una
violación a las disposiciones
constitucionales que ellos mencionan... las
razones expuestas en la demanda no tienen
asidero legal", afirmó Artiga en
declaraciones para EL DIARIO DE HOY.
Opositores
La Ley había sido adversada por medio
de recursos de inconstitucionalidad interpuestos
por el Centro Democrático Unido (CDU), el
partido FMLN y la Fundación de Estudios
para la Aplicación del Derecho (FESPAD),
que además advertían que la ley
supondría la "muerte" del colón.
El primero fue contra el procedimiento de
aprobación de la ley por su falta de
publicidad o debate previo, y el segundo, contra
la inaplicabilidad de algunos artículos
de la Ley Orgánica del Banco Central de
Reserva (BCR), los cuales parten del texto
constitucional. También el FMLN
impugnó la ley por quitarle atribuciones
al BCR, las cuales están en el texto
constitucional. Las tres demandas fueron
acumuladas por la Corte en un solo expediente,
el cual tiene un solo fallo.
El abogado Armando Peña Quezada, quien
colaboró en el argumento del recurso del
CDU, ha dicho que existe una "clara
violación" en el artículo 19 de la
legislación, pues reduce las atribuciones
del BCR, las cuales se establecen en el 111 de
la Constitución. Y está claro que
una ley secundaria no puede reformar el texto
constitucional.
El CDU sostiene que este tipo de leyes de
importancia nacional no puede ser aprobada con
mayoría simple (43 votos), pues
también contravendría un reciente
fallo de la Corte sobre este tema, relativo a
una emisión de bonos por parte de la
Asamblea Legislativa.
El presidente del BCR, Rafael Barraza, ha
negado las supuestas violaciones a la Carta
Magna y ha dicho que no se busca desaparecer al
Banco Central, sino quitarle dos facultades: la
emisión de moneda y el establecimiento de
la política económica del
país.
Hechos consumados
La dolarización de la economía
salvadoreña era, desde hace casi un
año, un hecho consumado que hubiera sido
difícil revertir.
Los detractores de la Ley de
Integración Monetaria tropezaron desde el
primer momento con esa piedra. En enero, la Sala
de lo Constitucional admitió los recursos
de inconstitucionalidad contra la normativa,
pero no suspendió su vigencia, como lo
solicitaban los demandantes.
De allí que el dólar
comenzó a reinar como principal moneda de
curso legal a la par del colón.
Momentos claves
Nov. de 2000
Sorpresivamente, el gobierno anuncia la
iniciativa de Ley de Integración
Monetaria.
Nov. 30/ 2000
La Asamblea la aprueba, por 49 votos, la Ley
de Integración Monetaria.
dic. 5 /2000
Las autoridades policiales advierten sobre la
circulación de dólares falsos.
dic. 18 /2000
FESPAD presenta recurso contra la ley ante la
Corte.
enero 1 / 2001
Entra en vigencia la ley. Los cajeros
automáticos comienzan a dispensar
sólo dólares.
enero 3 / 2001
El CDU presenta otro recurso contra la
ley.
enero 5 / 2001
La Corte admite el recurso de FESPAD y no
suspende la aplicación de la ley que
permite la circulación legal del
dólar en el país.
enero 11/ 2001
El FMLN presenta un tercer recurso contra la
ley.