Deudores y condenados no podrán administrar Bitcoin

Así lo estipula el artículo 17 de la normativa que dio a conocer el miércoles para consulta el Banco Central de Reserva (BCR).

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En el país un cajero en un centro comercial y dos cajeros más ubicados en la zona costera de la playa el Zonte, en El Puerto de la Libertas, la normativa no menciona cómo se regularan quienes ya operan. Foto: AFP

Por Magdalena Reyes

2021-08-19 10:00:28

Deudores del sistema financiero, personas relacionadas con delitos como el lavado de dinero, el narcotráfico, el terrorismo, encontrarse en estado de quiebra o haber sido calificado judicialmente como responsable de una quiebra, son algunas de las limitantes que pone la normativa para quienes quieran establecer una entidad financiera que brinde servicios relacionados al Bitcoin.

Así lo estipula el artículo 17 de la normativa que dio a conocer el miércoles para consulta el Banco Central de Reserva (BCR) y con la que se regulará a las entidades que se encargarán de proveer servicios y productos relacionados con la criptomoneda en el país.

Al respecto, el economista Claudio de Rosa, quien fue director ejecutivo de la Asociación Bancaria Salvadoreña (Abansa), afirma que la Ley de Banco, que regula al sistema financiero local, estipula los mismos requisitos, disposiciones y reglamentos que se han establecido en el documento que regulará el uso del Bitcoin.

“Es algo bien normal, en términos de norma no hay algo nuevo ahí, así debe ser”, opinó De Rosa.

La Ley de Banco indica en su artículo 11 que una limitante para prestar servicios financieros es “que sea deudor del sistema financiero por créditos a los que se les haya requerido una reserva de saneamiento del cincuenta por ciento o más del saldo”, reza el artículo, pero también dice que le negarán autorización si se encuentra en estado de quiebra o haya sido condenado por delitos de lavado de dinero, narcotráfico, entre otros.

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El economista Luis Membreño agrega que ante las limitaciones que indica la normativa se le da un trato al Bitcoin como una moneda común y corriente. “Es como que fuera un Euro o un Yuan, están queriendo aplicar toda la normativa que aplica a todas las operaciones en dólares, cuando el Bitcoin en esencia es un alma libre”, explica.

Para Membreño, simplemente copiar una ley que ya regula el sistema financiero lo que hace es “matar la naturaleza del Bitcoin” y no será atractivo para operar en el país

“Esta es una de las muchas normativas que va a crear el Banco Central, porque ésta es solo para crear las casas de cambio”, añade.

Para el economista Romel Rodríguez, de la Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde), el lineamiento de quienes no podrán prestar los servicios relacionados con el Bitcoin van en contra de la libertad económica, aunque destaca que “es por el interés de hacer las cosas transparentes y estas personas se verían exentas de negociar con la criptomoneda, cuando no es así con la moneda normal”.

Para Rodríguez, la normativa emitida por el BCR busca transparentar las transacciones que se hacen con la criptomoneda, condición que es hasta cierto punto difícil y va en contra de la naturaleza del Bitcoin.

Membreño recalca que las criptomonedas fueron creadas para no ser reguladas por un Banco Central, por las Supeintendencias ni por el Ministerio de Hacienda.

“Es una contradicción que toda la normativa que se le está queriendo aplicar a las billeteras que manejen Bitcoin o que hagan el cambio de Bitcoin a dólar, sea la misma que se aplica para el resto de normativas con la que opera el sistema financiero normalmente”, destaca Membreño.

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La normativa establece que se debe conocer el origen de los fondos, los montos y la ruta de las transferencias, un punto que diversos economistas y organismos habían insistido que debía tener el uso del Bitcoin.

“El tratamiento que le quieren dar al Bitcoin es el mismo que se le da al dinero fiat (efectivo en moneda o papel), cuando por su naturaleza el Bitcoin puede moverse y transarse fuera del sistema financiero; quieren normalizar el uso del Bitcoin cuando tecnológicamente pueden hacer operaciones sin pasar por estas formalidades”, opina Membreño.

Agrega que el articulado de la normativa divulgada por el BCR pretende respaldar la seguridad de quien hace transacciones con el Bitcoin, lo cual es difícil.

“Lo que buscan es transparentar y traer a la luz las operaciones que se realizan con el Bitcoin, pero hay miles de billeteras y creer que solamente se va a operar con las billeteras que se operen acá, bajo las normativas de acá es risible”, advierte.

Previo a que se conociera el reglamento del Bitcoin, el pasado 17 de agosto la Asamblea aprobó reformas a la Ley de regulación de servicios de información de historial crediticio y dio plazo de 7 días para que los burós de crédito entreguen finiquitos y actualicen en 15 días la información de los deudores.

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