Ministerio de Trabajo recuerda obligación de entregar propinas en un máximo de 15 días
El Ministerio de Trabajo recordó que las propinas deben entregarse de inmediato o en un máximo de 15 días, o se iniciarán sanciones conforme a la ley.
Por
Evelyn Alas
Publicado el 05 de abril de 2026
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social reiteró que las propinas pertenecen exclusivamente a los trabajadores y deben entregarse de inmediato o en un plazo máximo de 15 días, según el Código de Trabajo. La institución advirtió que el incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones. Además, recordó que retener propinas constituye una infracción legal y que estas no forman parte del salario base. La Dirección General de Inspección de Trabajo supervisa el cumplimiento de esta normativa. En caso de irregularidades, los trabajadores pueden presentar denuncias ante las autoridades competentes para garantizar el respeto de sus derechos laborales.
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social reiteró a los empleadores la obligación de entregar las propinas a sus trabajadores de forma inmediata, aunque la legislación salvadoreña establece un plazo máximo de hasta 15 días para completar este pago.
Según lo dispuesto en el artículo 25, numeral 13 del Código de Trabajo, las propinas constituyen un derecho de los trabajadores, por lo que deben ser trasladadas sin retrasos injustificados. La institución advirtió que, si este plazo es sobrepasado, se iniciará de inmediato el proceso sancionador correspondiente.
Además, las autoridades informaron que equipos de inspección estarán verificando el cumplimiento de esta disposición, con el fin de garantizar que este ingreso llegue efectivamente a los trabajadores.

¿Qué dice la ley sobre las propinas en El Salvador?
De acuerdo con la normativa vigente y la información oficial de la Asamblea Legislativa de El Salvador, existen varios aspectos clave que empleadores y trabajadores deben conocer:
- Propiedad del trabajador: La propina, ya sea voluntaria o la sugerida (generalmente del 10%), es una gratificación que el cliente entrega directamente al trabajador, no al establecimiento.
- Plazo de entrega: Los empleadores están obligados a entregar las propinas acumuladas en un plazo no mayor a 15 días desde su recepción.
- Prohibición de retención: Retener o no pagar las propinas constituye una infracción al artículo 29 del Código de Trabajo.
- Fiscalización: La Dirección General de Inspección de Trabajo es la encargada de supervisar el cumplimiento de esta obligación y puede imponer sanciones en caso de denuncias o irregularidades.
- No constituyen salario: Las propinas no forman parte del salario base, por lo que no deben incluirse en el cálculo de prestaciones laborales.
Las autoridades también recordaron que, en caso de que un empleador retenga o se apropie de las propinas, los trabajadores pueden presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Finalmente, el Ministerio hizo un llamado a la población a informarse sobre sus derechos y obligaciones laborales, con el objetivo de prevenir abusos y evitar sanciones.
