¿A qué información tendría acceso la Policía con las reformas que permiten intervención telefónica?

Una abogada y especialista en tecnologías advirtió sobre algunos riesgos que implicarían las modificaciones realizadas a la normativa por la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa

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Imagen Referencia Pixabay

Por Liseth Alas

2022-01-27 4:47:36

Con las reformas que permiten la intervención a las comunicaciones digitales, según lo acordado por los diputados de la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa, las autoridades podrían tener acceso a toda la información que se encuentra en los aparatos electrónicos cuando así lo autorice un juez, como parte de un proceso judicial.

De acuerdo con expertos en tecnología, la Policía podría tener acceso a:

- Fotografías

- Videos

- Mensajes electrónicos

- Chats de algunas plataformas digitales

- PDF

- Documentos digitales

- Cualquier tipo de información almacenada en los dispositivos digitales

Laura Hernández, abogada y especialista en tecnologías de Novis Estudio Legal, advirtió este jueves sobre algunos riesgos que implicarían las reformas al Código Procesal Penal acordadas el miércoles por la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa que están enfocadas en la creación de la figura del agente encubierto digital y la evidencia digital, como prueba en los procesos judiciales.

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Para la experta "es grave" la aprobación de este tipo de artículos que, pese a que contaría con el aval de un juez, permitirían a las autoridades intervenir y tener acceso a toda información que se encuentre almacenada en cualquier dispositivo electrónico de una persona cuando esta sea considerada motivo de investigación por algún delito.

La operación encubierta estará a cargo de la Policía previa autorización del fiscal o de sus delegados, según la propuesta legislativa que está prevista sea sometida a votación en la próxima plenaria.

Según la especialista en tecnología, la enmienda relacionada a la evidencia digital facultaría, además, a las autoridades a "entrometerse a las comunicaciones, a los dispositivos y cualquier cosa que se podría sacar de estos dispositivos que puede llegar a a ser valorado como prueba", indicó.

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Respecto a los agentes encubiertos, la abogada Hernández señaló algunos vacíos en dicha reforma que "no determina en qué tipo de delitos se puede utilizar esa figura", pues dijo que "no todos necesitan la técnica intrusiva y deberían de ser delitos específicos, como los referentes al crimen organizado.

"Básicamente facultaría a que se emplee la figura de agente encubierto para todo tipo de persona, que se justifique. Podría dar lugar a que se justifique a los que no necesitan de esa técnica sofisticada y que son intrusivas a la privacidad o vulnerar derechos constitucionales de las personas que son investigadas", alertó.

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