Plan de perseguir delitos prescritos contrasta con la “Ley Alabí”

El coordinador de ALAC, señaló que la propuesta de reforma del Gobierno es “incoherente”. Criticó que retroactividad riñe con la “Ley Alabí” que da inmunidad a funcionarios actuales.

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El ministro Guillermo Villatoro entrega ndo este martes la propuesta de reforma al Código Penal al presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro. Foto EDH / archivo

Por Milton Rodríguez

2021-07-28 9:33:14

La propuesta de reformas al Código Penal para perseguir delitos ya prescritos impulsada por el Gobierno contrasta con la “Ley Alabí”, que pone reserva a cuestionadas compras durante la pandemia y señaladas por la Corte de Cuentas.

Esto porque la Ley para el Uso de Productos para Tratamientos Médicos en Situaciones Excepcionales de Salud Pública Ocasionada por la pandemia covid-19, conocida como “Ley Alabí”, da “inmunidad” a funcionarios públicos que han sido señalados por la Corte de Cuentas de la República de malos manejos de los recursos financieros para la pandemia.

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Así lo señalaron organismos anticorrupción del país, quienes lo ven incoherente. Para el coordinador del Centro de Asesoría Legal Anticorrupción (ALAC), Wilson Sandoval, la incoherencia de la propuesta de reforma al Código Procesal Penal del Gobierno radica en que por un lado el Gobierno transmite un plan “anticorrupción” y por otro lado se promueve la impunidad de los actuales funcionarios.

“Por una mano decimos hacer cosas contra la corrupción, pero por otra hacemos cosas en favor de la corrupción o que promueven la corrupción, promueven este círculo de impunidad, entonces es incoherente, es ambivalente el mensaje que transmite el Ejecutivo”, criticó.

En ese sentido, Sandoval cuestionó que “¿cómo es que se habla de la retroactividad, cuando persiste “Ley Alabí” que le da inmunidad a los funcionarios públicos que durante la pandemia participaron de la ejecución de fondos de emergencia?”.

Luego de conocerse la propuesta el martes, ALAC señaló en su cuenta de twitter que “hablar de juzgar el pasado no es suficiente cuando la “Ley Alabí” promueve la impunidad de los actuales funcionarios” y que además viola una serie de mecanismos internacionales anticorrupción como la Convención Interamericana Contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

En el artículo 3 de la normativa se establece la inmunidad administrativa, civil, penal y extracontractual de responsabilidad por compras públicas durante la pandemia del COVID-19. Además, permite la contratación directa como regla general con lo cual se vulnera la Convención Interamericana Contra la Corrupción.

A juicio de Sandoval, el fin del Ejecutivo es posicionar su agenda comunicacional y con ello esta acción que “supuestamente es contra la corrupción”, por lo que él enfatizó en que el asunto principal a considerar es que “hay una serie de acciones atrás de la propuesta que siguen siendo acciones de corrupción y que ponen de manifiesto el desinterés del Ejecutivo realmente de instalar una política de transparencia y anticorrupción en el país”.

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“Si realmente el Ejecutivo estuviese interesado en promover transparencia, además de promover reformas que vayan encaminadas a fortalecerlas, suprimiría este tipo de leyes (Ley Alabí), además de eso, no hubiese suprimido la CICIES, estaría buscando replicar lo que está pasando en Guatemala de enjuiciar a aquellos funcionarios que salen señalados en la lista Engel”, indicó Sandoval.

Asímismo, señaló que quien debe perseguir los actos de corrupción es el Fiscal y también cuestionó por qué a la fecha no se ha iniciado un investigación contra funcionarios señalados en la lista Engel.

El Ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, entregó el martes a la Asamblea una reforma que consiste en modificar el artículo 32 de esta normativa para que los delitos de corrupción no prescriban y que se persigan de forma retroactiva sin límite de tiempo.

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