Plazo de la Corte a la Asamblea y Presidencia vence este sábado a la medianoche

La Sala emitió el lunes por la noche su sentencia que declaró inconstitucional el decreto ejecutivo 29, que pretendía regir la cuarentena, y le dio un plazo de cuatro días a ambos órganos.

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Foto EDH Archivo

Por Mario González

2020-06-12 4:48:53

Fuentes oficiales de la Corte Suprema de Justicia explicaron que este sábado a la medianoche vence el plazo dado por la Sala de lo Constitucional a la Asamblea Legislativa y a la Presidencia de la República para elaborar una nueva ley de emergencia y cuarentena.

La Sala emitió el lunes por la noche su sentencia que declaró inconstitucional el decreto ejecutivo 29, que pretendía regir la cuarentena, y le dio un plazo de cuatro días a ambos órganos, a partir del día siguiente a la notificación del fallo.

El Tribunal Constitucional emitió la sentencia a las 18:55 del lunes 8 de junio de 2020, pero no la dio a conocer a los medios de comunicación y al público hasta las 10:15 p.m.

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Las fuentes de la Corte dijeron que la sentencia se notificó a las partes de manera electrónica en torno de las 9:00 de la noche y acto seguido se difundió públicamente porque es política de la Sala informar primero a los involucrados.

El plazo comenzó a correr el martes y los cuatro días se vencen este sábado a la medianoche.

En caso de no presentarse otro escenario y si no hay una ley específica aprobada y en firme, el estado de emergencia y la cuarentena quedan sin efecto y sólo regirían disposiciones del Código de Salud y la Ley de Protección Civil, pero que no pueden limitar derechos constitucionales (libertad personal, de movimiento, transporte, etc.) que sólo se pueden restringir con la aprobación justificada de la Asamblea Legislativa, como manda la sentencia de la Sala, explicaron las fuentes.

Sentencia de la Sala: “Difiérense los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo número 29 por el plazo de 4 días, contados a partir del siguiente al de la notificación. Esto se debe a que esta sala es consciente de que existe una pandemia en el país, que debe ser afrontada
responsablemente, pero en el marco del respeto a la Constitución, al Derecho Internacional de los
Derechos Humanos y la jurisprudencia constitucional. Durante dicho plazo la Asamblea y el
Órgano Ejecutivo podrán emitir la normativa que estimen oportuna para controlar, eliminar y/o
erradicar la pandemia de COVID-19 y sus riesgos para la comunidad, siempre que sea de
conformidad con la Constitución y la jurisprudencia constitucional —en especial esta sentencia—”.