IDHUCA pide reactivar transporte con fines humanitarios

Solicitó además que el servicio se restablezca tomándose todas las medidas sanitarias correspondientes para evitar contagios del COVID-19.

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Personal de salud del Hospital San Rafael esperó horas en la parada de buses cercanas a El Salvador del Mundo. Foto EDH/ Jessica Orellana

Por Mario González

2020-05-09 4:01:43

La reactivación del transporte público para personas que puedan circular justificadamente, que padezcan enfermedades de atención constante o que necesiten proveerse de alimentos y medicinas, solicitó el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana (IDHUCA) a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

El IDHUCA presentó una demanda específicamente contra el Decreto Ejecutivo No. 22, del ramo de salud, habilitaciones previstas en el artículo 8 de la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19, y solo una parte del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 23, del ramo de salud, Medidas para la movilización de los empleados de la Administración Pública y de la empresa privada autorizada para funcionar, durante la cuarentena domiciliar.

La entidad señala que el Decreto Ejecutivo No. 22 contiene vicios de forma y fondo “que atentan contra principios constitucionales propios de un Estado democrático de Derecho, tales como el principio de división de poderes, principio de legalidad, principio de reserva de ley”, así como contra derechos humanos fundamentales, tales como la seguridad jurídica, la igualdad, la libertad de circulación –para realizar las actividades legalmente permitidas–, el acceso a la justicia constitucional y, así, la protección judicial efectiva de tales derechos.

Asimismo señala que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 23 adolece de un vicio de fondo que, básicamente, también transgrede los principios y derechos mencionados, además de la libertad de contratación.

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En el IDHUCA se manifiesta comprometido con la protección de la salud, pero también subraya que lo está con los demás derechos humanos. Por lo mismo solicitó a la Sala que emita una “medida cautelar” (orden provisional mientras se desarrolla el juicio) en el sentido de reestablecer el servicio de transporte público de pasajeros para que los trabajadores de las empresas autorizadas a funcionar, y las personas autorizadas a circular justificadamente, como quienes necesitan comprar alimentos o medicamentos, o padecen de enfermedades que requieren atención médica constante, puedan trasladarse hacia los respectivos destinos y regresar a sus hogares.

Asimismo solicitó que el servicio se reestablezca tomándose todas las medidas sanitarias correspondientes para evitar los contagios.

El IDHUCA reconoce los intentos gubernamentales por facilitarles transporte a los trabajadores del sector de salud y de las personas que necesitan de atención médica, pero también, advierte, se sabe que las capacidades organizativas y logísticas del Gobierno aún no son suficientes para cubrir adecuadamente todas esas necesidades, a nivel nacional.

Recuerda además que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)  ha llamado a garantizar tales derechos.

La demanda del IDHUCA se suma a la de otros ciudadanos que impugnan la limitación de derechos promovida por el Órgano Ejecutivo, que no está avalada en la ley de cuarentena aprobada por la Asamblea Legislativa la semana anterior.