No podrá circular el transporte público de pasajeros a partir del jueves, según decreto ejecutivo

Esta es parte de las medidas de restricción que plantea el decreto ejecutivo número 22 publicado por el Gobierno y que estarán vigentes durante 15 días. El transporte privado de personal, por el contrario, sí está autorizado para circular.

Por Eugenia Velásquez

2020-05-06 4:53:49

El Gobierno emitió esta tarde de miércoles el decreto ejecutivo número 22 del Ministerio de Salud Pública que establece más prohibiciones en la cuarentena domiciliar, basado en el artículo 8 de la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19 para poder circular aprobado por la Asamblea.

El decreto contiene nuevas restricciones, la principal es que el transporte público ya no podrá circular a partir de este jueves, según el numeral 5 del artículo 3. Las medidas estarán vigentes por un período de 15 días y según lo que argumentó el Gobierno van encaminadas a disminuir la cantidad de contagios de la enfermedad.

El transporte privado de personal, por el contrario, sí está autorizado para circular durante estas dos semanas.

También, el Gobierno confirmó que estará prohibida la circulación de Uber o taxis durante este período.

Además, el presidente Nayib Bukele dijo a través de Twitter que deberá ser responsabilidad de cada empresa brindar transporte para sus empleados durante este período.

Además, se detalla que la circulación de personas para ir a comprar alimentos o medicinas será de acuerdo al último número de su DUI y solo se podrá realizar esa actividad dos veces por semana.

“Las personas que tengan justificación para circular no podrán movilizarse del municipio de su residencia a otro municipio, salvo para dirigirse a su lugar de trabajo o en el caso en que residan en municipios donde no hay mercados o supermercados, podrán acudir al municipio más cercano solo para comprar alimentos. Las autoridades deberán verificar dicha circunstancia, a través de las autoridades municipales”, reza el decreto.

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Quienes incumplan con lo previsto en el documento que fue anunciado por el presidente Nayib Bukele serán enviadas a centros de retención en donde un médico determinará si ha sido expuesto a contagio del COVID-19.

Solo por el hecho de no usar mascarilla serán enviados a centros de contención, dice el decreto.

Las personas que están autorizadas por la función que desempeñan deberán portar la carta de su patrono que los autoriza a trasladarse al lugar aunque sea de un municipio a otro, pero únicamente lo podrá hacer para desempeñar sus labores, no para ir de compras, para esa actividad debe sujetarse al día que le corresponde de acuerdo al número de su DUI.

Deberán portar además de la carta de autorización el carné de identificación de su trabajo. La carta de su patrono deberá contener que se desplaza de un municipio a otro.

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DECRETO 22 EMERGENCIA CASA PRESIDENCIAL.