Salvadoreños en el exterior podrán traer estos bienes libres de impuestos
Una ley vigente desde agosto de 2025 permite a salvadoreños en el exterior importar hasta $100,000 en pertenencias sin pagar impuestos, bajo requisitos específicos.
Por
elsalvador.com
Publicado el 11 de diciembre de 2025
Desde agosto de 2025, los salvadoreños en el exterior pueden importar hasta $100,000 en pertenencias sin pagar impuestos, según la Ley Especial de Beneficio y Protección para la Diáspora. El beneficio incluye electrodomésticos, muebles, artículos personales, de entretenimiento y hasta dos vehículos por familia, siempre que no sean para uso comercial. La exoneración cubre el DAI e IVA y aplica una sola vez por grupo familiar. El proceso se gestiona ante la Dirección General de Aduanas mediante declaración de bienes. Aplica a salvadoreños por nacimiento o naturalización que deseen retornar sin tener restricciones migratorias o judiciales vigentes.
Los salvadoreños que viven fuera del país y desean retornar ahora cuentan con una ventaja significativa: desde agosto de 2025 está vigente la Ley Especial de Beneficio y Protección para la Diáspora, que permite importar hasta $100,000 en bienes nuevos o usados, incluyendo electrodomésticos y muebles del hogar, sin pagar impuestos.
La medida busca incentivar el retorno y facilitar la transición de quienes decidan establecerse nuevamente en El Salvador.
De acuerdo con la normativa, los beneficiarios podrán también ingresar hasta dos vehículos por grupo familiar, siempre que cumplan los requisitos mínimos de antigüedad y se demuestre que no serán usados para trabajo.
El beneficio se aplica una sola vez por familia y se debe presentar una declaración de mercancías escalonada o parcial. Si los artículos superan los $100,000 establecidos, los interesados únicamente cancelarán el excedente correspondiente en la declaración.

Electrodomésticos permitidos en el menaje de casa
La ley detalla de forma explícita los bienes que se pueden ingresar sin impuestos dentro del menaje de casa, siempre que su uso sea doméstico. Estos incluyen:
Electrodomésticos:
- Refrigeradora
- Microondas
- Licuadora
- Batidora
- Lavaplatos
- Televisores
- Equipo de sonido
- Horno
- Lavadora
- Secadora
- Calentadores de agua
- Aire acondicionado
- Ventiladores
- Plancha
- Aspiradora
Artículos personales:
- Ropa
- Calzado
- Medicamento
Muebles para el hogar:
- Camas y ropa de cama
- Juego de sala
- Comedor
- Libreros
- Alacena
- Ropero
- Tocador
- Baúl
- Muebles de jardín
Decoración:
- Adornos
- Cuadros
- Esculturas
- Cortinas
- Lámparas
Entretenimiento:
- Bicicletas y artículos deportivos
- Máquinas de ejercicio como bicicletas estacionarias
- Centro de entretenimiento
- Juegos de video
- Instrumentos musicales
- Cámaras fotográficas o video
Herramientas de trabajo permitidas:
- Talados, herramientas de uso doméstico
- Podadora de césped
- Artículos de jardinería
Proceso para aplicar al beneficio
La ley ya está en vigor y los interesados deben seguir los siguientes pasos:
- Solicitud: el trámite inicia ante la Dirección General de Aduanas.
- Declaración: se debe presentar una declaración de los bienes, acompañada por la documentación requerida.
- Exoneración: se aplicará la exoneración del Derecho Arancelario al Importador (DAI) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Te recomendamos: Vistas con dron | Esta será la zona por donde pasará el bypass de Apopa
¿Quiénes califican para estos beneficios?
La normativa establece tres criterios específicos:
- Salvadoreños por nacimiento o naturalización.
- Personas que residan en cualquier país del extranjero y manifiesten su deseo de retornar o establecer domicilio temporal en El Salvador, ya sea por fines vacacionales, temporales o permanentes.
- Que no posean alerta migratoria, restricción de salida o orden de captura.
Este marco legal sustituye beneficios anteriores y busca simplificar el retorno, ofreciendo condiciones claras para la importación de pertenencias sin cargas tributarias.
Con reportes de El Diario de Hoy
