Procurador Derechos Humanos demandó de Bukele que se abstenga de usurpar facultades de la Asamblea

Advierte de que lo anterior puede aumentar el nivel de conflictividad que el Presidente mantiene con los demás órganos de Estado e instituciones.

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Foto de referencia / Procurador de Derechos Humanos, José Apolonio Tobar. Foto EDH / Archivo

Por David Marroquín

2020-05-17 3:33:19

El procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, José Apolonio Tobar, demandó del presidente Nayib Bukele, a abstenerse de hacer “uso de facultades no conferidas en la Constitución de la República, y en la ley, pues con eso solo se genera incremento al nivel de conflictividad que mantiene de manera sistemática con los demás órganos de Estado e instituciones de control, poniendo en riesgo el sistema constitucional que debe de imperar en el país”.

Tobar señala que el decreto ejecutivo #18 es una copia fiel del decreto legislativo #593, lo que “materialmente ha ocurrido es una llana prórroga del estado de emergencia nacional que contenía esa normativa”.

En ese sentido, el procurador considera que la prórroga de la Ley de Emergencia Nacional por medio de un decreto ejecutivo “ampliaría por 30 días más las medidas restrictivas y de confinamiento, con lo que ello implica para el ejercicio de los derechos humanos de la población”.

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Considera que si bien es cierto que el artículo 167 ordinal sexto de la Constitución faculta al consejo de Ministros a suspender y restablecer garantías constitucionales si la Asamblea Legislativa no estuviere reunida, pero “debe entenderse que tal cuerpo colegiado no está reunido porque se tenga un lapso prolongado sin sesionar o porque nos encontremos en periodo vacacional amplio”.

De igual manera se debe de interpretar el artículo 24 del inciso segundo de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, señala el procurador.

La declaratoria del estado de emergencia por parte del Presidente de la República solo se puede dar si la Asamblea Legislativa esté imposibilitada materialmente de reunirse, pero en este caso no se cumple porque “estamos en un fin de semana inhábil normal y además ya hay convocatoria de diputados de parte del presidente de la Asamblea Legislativa para el próximo lunes”.

También señala que las disposiciones del Estado de Emergencia no impliquen la restricción material de derechos fundamentales (las que sí existen en el decreto legislativo que se ha prorrogado por medio de decreto ejecutivo).

En ese sentido, el procurador Tobar asegura que “se puede configurar la invasión de funciones que le corresponden a la Asamblea Legislativa de parte del presidente de la República, señor Nayib Armando Bukele Ortez”.

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Tobar urgió a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a tomar las medidas cautelares urgentes y necesarias para “hacer prevalecer la eficacia jurídica de las sentencias que tuviera que pronunciar en su oportunidad y para evitar el agravamiento de la emergencia sanitaria y crisis institucional que pudiera producirse ante el irrespeto o desconocimiento de la Constitución de la República”.

A la Asamblea Legislativa a emitir cuanto antes la legislación necesaria para “habilitar la adopción de las medidas sanitarias y de otra índole, que sean razonable y estrictamente necesarias para prevenir y contener la pandemia, salvaguardando los derechos constitucionales de la población salvadoreña,
protegiéndola frente a los abusos de poder”.

Con relación a la Fiscalía General, el procurador de los Derechos Humanos demanda que “esté vigilante del respeto al orden constitucional y a los derechos de los salvadoreños, adoptando las medidas y acciones legales procedentes para garantizar la plena vigencia de la constitución y del estado de derecho”