Un hombre y una mujer recibieron penas de 91 y 46 años de prisión respectivamente luego de que el Tribunal Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Miguel los declarara responsables por cinco delitos en perjuicio de dos hermanas gemelas de tres años de edad.
René Alberto Rivera y Patricia García Castro fueron arrestados en enero de 2024 luego de que una de las niñas muriera en el Hospital Benjamín Bloom, producto de una golpiza que Rivera, su padrastro, le propinó.
“Reportamos el homicidio de una niña de 3 años, quien ayer fue golpeada por su padrastro en el barrio El Molino, Usulután. La menor falleció hoy en el Hospital Bloom, San Salvador”, informó la Policía Nacional Civil en redes sociales el 4 de enero de 2024.
Por este hecho fueron inicialmente acusados por feminicidio agravado, como autor directo y cómplice necesario; Rivera fue detenido en el desvío a Ciudad El Triunfo, Usulután y García Castro fue arrestada en el Hospital Benjamín Bloom, señalada de ocultar los hechos.
Días más tarde, también fueron imputados por intento de feminicidio, intento de homicidio y violación agravada en calidad de cómplice.
El segundo paquete de acusaciones fue realizado debido a que la hermana de la víctima fue hallada con signos de abuso sexual, desnutrición y múltiples fracturas, según consta en un documento fiscal fechado el 27 de enero de 2024.

La investigación de la Fiscalía determinó que García, la madre de las menores, no denunció a su pareja cuando cometía los abusos o agredía a las niñas. El caso fue declarado bajo reserva a petición de la Fiscalía.
El Tribunal condenó a Rivera a 50 años de cárcel por el feminicidio agravado de una niña, a 25 años más por el intento de feminicidio de la hermana gemela de la primera y a 16 años agresión sexual en menor agravada.
A García le impuso 30 años por homicidio agravado de una niña y a 16 años y ocho meses más por el intento de homicidio de la segunda víctima. En el juicio fue absuelta por agresión sexual en menor.
Ambos deberán pagar una cantidad de dinero que no fue revelada en concepto de responsabilidad civil.