EPAPER Puente de Baltimore | Precios de la gasolina | Eclipse parcial solar | Selecta

Asamblea aprueba sancionar hasta con 12 años de prisión a quien hurte y robe ganado

Los legisladores avalaron una enmienda al Código Penal para sancionar con más rigor a la persona que se aproveche de una situación de desgracia particular del ofendido o utilice armas de fuego durante el robo.

Por Milton Rodríguez | Abr 05, 2022- 11:26

Asamblea Legislativa. Foto: Archivo EDH/ Yessica Hompanera

La Asamblea Legislativa aprobó con 72 votos  a favor una reforma al Código Penal  para sancionar con mayor rigor a quienes cometan el delito de hurto y robo de ganado en El Salvador.

Podría interesarle: Diputados avalan aumentar penas de prisión para personas que hurtan y roban ganado

Se trata de una enmienda a los artículos 208-A, 208-B, 212-A y 212-B de la normativa, debido al aumento de estas acciones ilícitas, según explicaron los legisladores.

#EnVivo | Sesión Plenaria N° 51 ✍

#EnVivo | Sesión Plenaria N° 51 ✍

Posted by Asamblea Legislativa de El Salvador on Tuesday, April 5, 2022

Con las modificaciones se establece que la personas que, con el ánimo de lucro para sí, o para un tercero, se apoderare de semovientes, sustrayéndolos de quien los tuviere en su poder, será sancionado con una pena de entre cinco y ocho años de prisión.

Aumento de penas

El artículo 208 – B de la propuesta propone que la sanción será de 8 a 10 años de prisión en determinadas circunstancias con agravación especial. Primero, si el hurto fuere de 5 o más cabeza de ganado; segundo, si en el hecho interviniere un funcionario público violando los deberes a su cargo o empleo o abusando de sus funciones; o si quien interviniera en el hecho tiene a su cargo crianza, cuidado, comercialización o transporte de los semovientes o productos o insumos agropecuarios o derivados de aquellos.

Ganado
Foto Jenny Ventura

Añade: «Si el hecho es cometido por personas que simulen ser servidores públicos o que hagan uso de documentos falsos, disfraces u uniformes con la finalidad de hacer creer a los demás que ejercen un servicio público».

La reforma también sanciona con prisión de seis a diez años a la persona que con ánimo de lucro para sí o para un tercero, mediante violencia o amenaza, obligue al dueño, cuidador de ganado, o tercera persona, a que le entregue el ganado.

Por su parte, el artículo 212 B indica que la pena será de 10 a 12 años de prisión si el hecho fuera cometido por una persona que se aproveche del estrago o calamidad pública o una situación de desgracia particular del ofendido; si fuera realizado por dos o más personas; utilizando armas de fuego o explosivos; o si el hecho fuera cometido por un servidor público valiéndose de su cargo para ingresar al establecimiento o resguardo del semoviente.

Los diputados solicitaron a entidades como la Corte Suprema de Justicia, (CSJ), Policía Nacional Civil (PCN) un informe sobre la cantidad de casos y denuncias por ese delito que se hayan registrado por departamentos. También requirieron un consolidado con los municipios con mayor incidencia de robo de ganado.

REGRESAR A PORTADA

MÁS SOBRE ESTE TEMA

KEYWORDS

Asamblea Asamblea Legislativa Bancada Cian Breaking News Plenaria Política Ver Comentarios

Patrocinado por Taboola

Te puede interesar

Ver más artículos

Inicio de sesión

Inicia sesión con tus redes sociales o ingresa tu correo electrónico.

Iniciar sesión

Hola,

Bienvenido a elsalvador.com, nos alegra que estés de nuevo vistándonos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad