Las alcaldías pueden retener sus mercados, afirman concejales
Preocupa a concejal la seguridad jurídica de los empleados municipales a cargo de la administración y operatividad de los mercados
Los concejos municipales de las 44 alcaldías del país pueden prescindir de cederle los mercados municipales a la nueva Dirección de Mercados Nacionales, cuya ley de creación fue aprobada en sesión plenaria de este jueves, según indican concejales consultados por El Diario de Hoy.
La Ley de Creación de la Dirección de Mercados Nacionales y Locales Comerciales Ubicados en Espacios Públicos establece que el funcionamiento y administración de los mercados estará a cargo de la Dirección de Mercados Nacionales, que velará por el "orden, disciplina y armonía entre los empleados, adjudicatarios y público en general".
"Un alcalde podría decir 'yo no voy a pasar nuestros mercados a la Dirección Nacional, porque un alcalde se podría hacer ver a través de la Constitución y decir que ese es un decreto; pero lo que nos da a nosotros la potestad es la Constitución' y el decreto no está arriba de la Constitución", argumenta el concejal Cayetano Cruz, de San Salvador Este.
Para Cruz eso debería, en términos idealistas, ser el accionar de los concejos municipales, por el respeto al marco democrático del país, pero no ve un panorama esperanzador en ese sentido.
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"Sabemos que en su gran mayoría no se van a oponer, aunque en el fondo estén conscientes de que es inconstitucional y que va en detrimento de los ingresos de la municipalidad", añade.
El concejal se ampara en el artículo 203 de la Constitución de la República, que establece que los municipios serán autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y se regirán por un Código Municipal para su organización, funcionamiento y ejercicio de sus facultades autónomas.
Adicionalmente, el concejal del FMLN sostiene que el proyecto "pinta es una máscara de modernización, pero lo que lleva consigo es una centralización de las potestades autónomas que tienen las alcaldías".
"Es quitarle potestades constitucionales a las alcaldías para posteriormente convertirlas en negocios de sociedades de economía mixta, es decir, la privatización", advierte.
La concejal de San Salvador Centro, Liliana Andrade, coincide en la postura de Cruz de las facultades de los alcaldes; pero tampoco ve un panorama que vaya en ese sentido.
"Podría, si estuviéramos en un país democrático y con independencia de poderes, si no estuviéramos en una dictadura. Sobre la Constitución no puede estar ninguna otra ley", determinó.
Andrade, por otra parte, manifiesta que esta nueva ley obedece a la centralización del poder y del recurso a una sola persona, que decidirá sobre los temas municipales, violando así la autonomía municipal consagrada en la Carta Magna.
Comodato a favor de la Dirección
El apartado de los comodatos establece que los municipios podrán solicitar al ente la inversión para diseñar, construir o remodelar mercados municipales, así como locales comerciales ubicados dentro de plazas, parques u otros espacios públicos. Sin embargo, como requisito para acceder a dicha inversión, el municipio debe manifestar su intención de entregar el inmueble en comodato a favor de la Dirección de Mercados Nacionales.
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Este contrato de comodato será un prerrequisito obligatorio para que el Ejecutivo realice cualquier intervención. Además, si la infraestructura ya ha sido intervenida previamente por el Ejecutivo, los municipios podrán pedir inversión adicional para obras de conservación o mantenimiento. Para ello, deberán cumplir con el mismo requisito de entregar el inmueble en comodato.

Incluso, la Dirección de Mercados Nacionales podrá solicitar por iniciativa propia la entrega del inmueble, si lo considera pertinente.
Antes de firmar el comodato, el ente debe verificar ciertos requisitos clave. Entre esos, la identificación precisa del inmueble; la gratuidad del préstamo; y que el comodato tenga una duración de 50 años, con posibilidad de prórroga. También debe establecerse que la municipalidad no podrá cobrar tasas ni contribuciones a los vendedores que ocupen los puestos o locales, ya que esa facultad será exclusiva de la Dirección.
Empleados están en el "limbo"
El concejal de San Salvador Centro, Simón Paz, advierte sobre el estatus legal que traerá la vigencia de la Dirección de Mercados Nacionales para los empleados municipales a cargo de la administración municipal.
"La incertidumbre sigue estando presente, hoy por hoy, los empleados municipales que están bajo la administración de mercados están un tanto en el limbo, porque es potestad de estas secretarías de tomar ese tipo de decisiones, en un momento determinado puede haber vulneración de los derechos de los trabajadores que están laborando al interior de los mercados", sostiene.
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Paz también enfatiza en que dada la circunstancia, la medida debió haber sido más analizada y más discutida y que los entes que debieron haber participado en esa discusión son los concejos municipales; sin embargo, no se les tomó en cuenta.
No obstante, dado que se aprobó la ley, indica que como concejales están obligados a buscarle una solución a los empleados.
"Tampoco podemos dejarlos fuera. Es de buscarles opciones a los trabajadores, no podemos dejarnos en el limbo nosotros como concejales", destaca.
Paz también avecina una tentativa contra la economía de las y los comerciantes ante la próxima vigencia de la ley.
"Esto vendrá a agravar más la situación de la economía en nuestro país, por cuanto se le está dando toda la potestad a esta institución para fijar los precios de arrendamiento, de otorgar los arrendamientos a vendedores, también quitar puestos a ellos y una serie de situaciones que la ley conlleva", señala.
Es que el decreto establece en su capítulo sexto que para la adjudicación de un puesto de venta o un local, la Dirección analizará las solicitudes recibidas y realizará un estudio socioeconómico.
La concejal de La Libertad Sur, Beatriz Harrison, relató que el mercado de Santa Tecla "ya fue entregado" al Ejecutivo.
"Desde mucho antes de esta nueva ley, porque lo iban a reconstruir a través de la Dirección de Obras Municipales", afirmó.
Sin embargo, sobre la ley advierte que las municipalidades van a ser "sumamente afectadas por el simple hecho de que nos están quitando la mitad de los impuestos".

Harrison denuncia que poco a poco están ahorcando más a las municipalidades, pues recuerda que ya les quitaron el FODES, el 50 % de las tasas de la recolección de basura y ahora vienen con los mercados.
"Entonces, es bien difícil que una municipalidad pueda operar con normalidad con esto que está sucediendo, ya las alcaldías no van a operar de la misma manera en que operaban antes", lamenta.
Atribuciones de la Dirección
- Administrar los mercados
- Emitir la normativa que regule el funcionamiento de los mercados
- Garantizar que los puestos de venta o los locales adjudicados cuenten con los servicios de energía eléctrica y agua
- Para el cumplimiento de sus fines también podrá constituir, transformar o fusionar sociedades mercantiles y participar en las que ya existen de forma directa.
- Garantizar que los puestos de venta cuenten con servicios sanitarios comunes, iluminación y vigilancia interna.
- Supervisar permanentemente el adecuado funcionamiento de los mercados.
- Adjudicar los puestos de venta o los locales.
- Llevar a cabo y autorizar todos los actos necesarios para la adjudicación de puestos de venta dentro de los mercados, así como de los locales ubicados dentro de plazas, parques o espacios públicos
- Monitorear el pago del precio de arrendamiento de los puestos de venta y locales y dar seguimiento al cobro.
- Emitir los reglamentos internos necesarios para el cumplimiento de sus fines
- Emitir la reglamentación correspondiente a quienes ejerzan actividad comercial dentro de los mercados o en los locales, como adjudicatarios y arrendatarios, así como a sus empleados.
- Controlar, supervisar y regular el uso de los puestos de venta y de los locales.
- Imponer las sanciones correspondientes por la comisión de las infracciones tipificadas en la presente ley.
- Decretar medidas especiales o provisionales, en caso de fuerza mayor o caso fortuito, que garanticen la aplicabilidad de la ley.

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