La Corte no da abasto para atender detenciones masivas

Los juzgados especializados están saturados de acusados y por eso, desde finales de 2016, la Corte acude a los jueces comunes para que conozcan los casos en el juicio. Pero estos también tienen carga laboral.

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Por Stanley Luna

2018-11-17 10:40:49

Evelyn Abigaíl Leiva Zelaya y Yessenia Isamar Hernández Hernández enfrentarían juicio por homicidio y organizaciones terroristas el 31 de mayo de este año. Lo enfrentarían junto a otros acusados, pero ellas estarían bajo la modalidad de la audiencia virtual: desde la Cárcel de Mujeres se enlazarían con una sala del Juzgado Especializado de Sentencia “A” de San Salvador. Pero el juicio fue suspendido para las dos mujeres.

Cerca del centro penitenciario estalló un transformador de electricidad que impidió que los técnicos de Centros Penales conectaran el equipo para realizar la audiencia. Eso le manifestó el juez Godofredo Salazar Torres a la Cámara Especializada de lo Penal para pedir excusarse del caso, porque ya había sentenciado a los demás acusados.

La Cámara asignó el proceso a la jueza Ingrid Marisol Fajardo, una de los tres jueces que integran el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador.

Un tribunal que, según un colega de Fajardo que no quiso identificarse, tiene programadas audiencias virtuales hasta enero del próximo año y que no es el único de los seis Juzgados de Sentencia Común de la capital que conoce procesos especializados.

Los tribunales de sentencia comunes de Santa Ana y San Miguel también tramitan desde finales de 2016 casos como los de Leiva Zelaya y Hernández Hernández, que les han sido asignados tras la excusa de un Juez Especializado de Sentencia, según tres juzgadores consultados por El Diario de Hoy.

La asignación de expedientes comenzó desde finales de 2016, cuando la Cámara Especializada de lo Penal emitió una resolución basada en el artículo 38 de la Ley Orgánica Judicial, y ordenó que si en alguna sede judicial se agotan los jueces especializados, los jueces comunes deben conocer sus casos, ya que son la competencia más inmediata para hacerlo.

Los juzgados especializados nacieron en 2007 para aplicar la Ley Contra el Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja. De esa competencia judicial hay cinco juzgados de Sentencia que funcionan en el país: San Salvador tiene tres para atender los siete departamentos de la zona central y paracentral; Santa Ana, uno para los tres departamentos de la zona occidental; y en San Miguel también funciona uno para los cuatro departamentos del oriente del territorio.

La particularidad de esos tribunales es que procesan expedientes que pueden tener hasta 100 acusados, y pese a esa cantidad, deben tramitarlos en los plazos que el Código Procesal Penal da a los juzgados comunes. Por ejemplo, una vez realizada la audiencia preliminar, los jueces de Instrucción tienen 48 horas para enviar a Sentencia un proceso, y los de Sentencia tienen el mismo plazo para decidir si lo acepta o no.

Si no lo aceptan, lo remiten a sus suplentes y en caso de que ellos también se excusen, lo envían a la Cámara Especializada de lo Penal, que se encarga de designar al juez que conocerá el proceso.

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Las audiencias virtuales comenzaron en 2016, con la implementación de las medidas extraordinarias. Sin embargo, el Gobierno y la Asamblea, no tomaron en cuenta que el Órgano Judicial no tenía experiencia ni equipo para esta nueva forma de trabajo.

La razón más común para el traslado de casos
De acuerdo con los juzgadores que hablaron con este medio, la mayoría de los procesos especializados que les llegan por las excusas son porque los acusados que ellos deben juzgar estuvieron ausentes en un proceso masivo del cual ya hay una sentencia, y la ley impide que un mismo juez conozca nuevamente una prueba que fue ofrecida en la etapa de investigación.

De los cinco Juzgados Especializados de Sentencia que hay en el país, el de San Miguel no tiene un suplente y son los seis jueces comunes -tres por cada tribunal común- de esa ciudad quienes asumen los casos que llegan de una excusa.

Dos de esos juzgadores, al igual que los jueces de Sentencia Común de San Salvador y Santa Ana, han presentado escritos a la Corte para manifestar que están en desacuerdo con conocer casos especializados.

Califican la resolución de la Cámara como arbitraria, ya que según ellos, sus tribunales también están saturados de trabajo y no son competentes para procesar los delitos de crimen organizado.

Doris Luz Rivas Galindo, la presidenta de la Sala de lo Penal de la Corte, dice que tras esos escritos se comenzó a trabajar en una forma de distribución de la carga laboral y el año pasado propuso a la Asamblea Legislativa que los juzgados comunes de Sentencia de todo el país estuvieran facultados para conocer los delitos que procesan los juzgados especializados, y que lo mismo hicieran los juzgados comunes de Instrucción de las cabeceras departamentales.

No se logró nada debido a que los diputados creyeron que la propuesta buscaba desaparecer a los juzgados especializados, según Rivas Galindo. Desde entonces no ha existido otra alternativa para nivelar el trabajo de los juzgados.

“No alcanzan los suplente, si solo uno tienen. Entonces nos obliga a echar mano de los otros jueces, ¿y qué es lo que sucede? Es que los otros jueces también se saturan”, reconoce la magistrada.

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Los casos grandes que lleva la Fiscalía a estos tribunales, con centenares de imputados, le impiden a los jueces trabajar apegados a los plazos y criterios que garantizan un juicio justo.

Las detenciones provisionales vencidas
El Juez A, un juez común de Sentencia que prefiere no identificarse, está en su despacho en el Tribunal Segundo de Sentencia de San Miguel. Hojea varios documentos sobre su escritorio, toma una de dos páginas y comienza a leerlo. Se trata de una carta que presentó hace dos años a la Corte para que interviniera en la resolución de la Cámara, pero nunca recibió respuesta.

Hasta la segunda semana de septiembre, el Juez A había recibido 12 procesos especializados, pero esos pocos expedientes sumaban 200 acusados. Él recuerda que una vez conoció un proceso de 74 reos y a 50 de ellos ya se les había vencido los dos años de detención provisional que establece el artículo 8 del Código Procesal Penal.

“La Corte quiere eliminar los Juzgados Especializados para ahorrar la saturación, la sobrecarga laboral del juez y de los empleados, y de una administración penal tardía totalmente”, indica el Juez A, para quien la resolución de la Cámara ha hecho que no exista una división de competencias entre los procesos comunes y los especializados.

El juez Fredy Aguilar, colega de tribunal del Juez A, señala que la resolución los deja en desventaja para administrar justicia porque mientras atienden los procesos especializados, dejan abandonado el trabajo en el juzgado para el que fueron nombrados y van postergando las diligencias que afectan en un debido proceso para los acusados.

Los tribunales comunes tienen a tres jueces. El Tribunal Segundo de Sentencia recibió 400 procesos comunes el año pasado, lo que significa que a cada uno de los juzgadores le fueron asignados 133 expedientes, pero a esa cantidad se le suma los procesos especializados.

Ese juzgado tiene una carga laboral tal que hasta mediados de septiembre había programado juicios para diciembre, y los juicios para los expedientes comunes que entrarán serían programados hasta enero.

Aunque Aguilar señala que en la mayoría de casos que conocen ya están vencidas las detenciones provisionales de los imputados, a la saturación de trabajo se suman las fallas en las audiencias virtuales y que los reos no son llevados a los juicios por la Sección de Traslados de la Corte.

En el primer semestre de 2018, a nivel nacional fueron suspendidas 1,210 audiencias virtuales y en el 36 % de ellas el Ministerio de Justicia y Seguridad no le especificó las razones a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH). Ese tipo de audiencias son programadas desde la Dirección de Desarrollo Tecnológico de la Corte, que atiende las solicitudes de equipo tecnológico de todo el país.

En el caso del Tribunal Segundo de Sentencia de San Miguel tiene lleno el calendario de audiencias virtuales, y si la conexión del equipo falla como en el caso de Leiva Zelaya y Hernández Hernández, los imputados tendrán que esperar para enfrentar juicio que haya cupo.

El juez Raymundo Alirio Carballo, del Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana, explica que en ese tribunal algunos juicios no se realizan porque en un mismo caso hay acusados presentes y otros bajo la modalidad virtual, y que ha fallado la señal para las audiencias virtuales o los imputados no han sido llevados al centro judicial.

Aguirre y Carballo ven necesario nombrar jueces suplentes para evitar que los casos especializados sean conocidos en los tribunales comunes. El Juez A coincide con ellos pero también en que es necesario crear más juzgados especializados.

Desde la Corte, Rivas Galindo dice que por razones de presupuesto no pueden crear nuevos juzgados y que es complicado nombrar a jueces suplentes, ya que en las ternas que el Consejo Nacional de la Judicatura envía hay postulantes sin experiencia en los tribunales.

“Me parece más que debemos seguir el estudio de esto, la Fiscalía debería de replantearse también la persecución del delito, porque con las redadas de 90 o 100 personas es complejo”, señala la magistrada.

El Fiscal General, Douglas Meléndez, alega que las detenciones masivas es parte de “una respuesta a la ciudadanía”, pese a que en algunos procesos la Fiscalía no encuentra prueba para todos o parte de los capturados (ver nota aparte).

¿Cantidad o calidad?
El juez Carballo dice que con la carga laboral ya no dedica el mismo tiempo de antes a la redacción de sentencias y algunas veces pide plazo mayor a los 10 días que le da la ley para entregarlas a las partes. Con ello se retarda los recursos de apelación de la defensa y la Fiscalía.

“No alcanzamos para eso, entonces las hemos reducido, inclusive, y le hemos dejado la fundamentación necesaria para que no sean objetos de un recurso. Estamos sacrificando la calidad por la cantidad que estamos sacando”, indica.

El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana recibió 173 procesos comunes hasta mediados de agosto y recibe entre siete y cinco procesos especializados por mes, según el juez Carballo.

De acuerdo con esas cifras, dice que si la Corte no da una solución, en dos años su tribunal tendrá saturación y decretará libertad condicional en procesos en los que ya vencieron las detenciones provisionales.

Señala que en el tribunal ya comenzaron a recibir peticiones de nulidad de procesos presentadas por parte de abogados, quienes señalan que hay incompetencias de sedes judiciales para conocer los casos y toman como referencia el artículo 15 de la Constitución, que establece que un acusado debe ser juzgado según leyes que existían antes del hecho que le imputan y por los tribunales que previamente haya señalado la ley.

Para Francisco Hernández, jefe del Departamento de Verificación Penitenciaria de la PDDH, que un juez común conozca aquellos procesos de los que se ha excusado un juez especializado, da garantía constitucional a los acusados porque un mismo juzgador no puede conocer dos veces la misma prueba.

Hernández no descarta que la designación de jueces y tribunales que hace la Cámara Especializada de lo Penal genere saturación de trabajo y vencimientos de detenciones provisionales. Añade que algunos jueces comunes expresan en sus sentencias motivos personales por los que no deben conocer los proceso especializados.

Según el funcionario, aunque la PDDH no lleva un registro de las resoluciones emitidas por la Cámara, con ellas puede generarse una jurisprudencia que determine cómo seguir resolviendo los procesos.