Juzgado rechaza demanda por contrato de Lotería e israelíes

Fiscalía confirmó que Juzgado de lo Civil se declaró “incompetente” para conocer el caso. La apelación contra ese fallo ya está en Cámara, agregó la fuente fiscal.

descripción de la imagen
La fachada de las instalaciones de la Lotería Nacional de Beneficincia. Foto/ Archivo

Por Mirella Cáceres

2021-06-23 5:30:57

El Juzgado Civil de San Salvador rechazó la demanda que fue presentada por la Fiscalía General de la República en contra de la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB) por el contrato que firmó en julio del año pasado con Tenlot El Salvador S. A. de C. V., una empresa con capital israelí.

La Fiscalía, a través de su oficina de prensa, confirmó la decisión del juzgado la basó en que “se declaró incompetente” en este proceso presentado el 3 de diciembre del año pasado.

Fiscalía no detalló qué argumentos dio el juzgado para declararse incompetente en este proceso, pero informó que ha apelado la decisión ante un tribunal superior.

“El Juzgado se declaró incompetente, pero la FGR ha apelado esta decisión. La apelación está en la Cámara aún y no ha emitido resolución aún”, respondió la jefa de prensa de Fiscalía ante la consulta sobre en qué estado se encuentra el proceso judicial iniciado el año pasado.

Se consultó a la oficina de prensa del Centro Judicial “Isidro Menéndez” sobre la decisión judicial en este caso, pero después de más de una semana de espera no se obtuvo respuesta a la petición.

Te puede interesar: Negocio de apuestas de la Lotería Nacional no tiene base legal

El 3 de diciembre de 2020, la Fiscalía General se presentó ante los juzgados Civil y Mercantil de San Salvador para solicitar la nulidad del contrato que firmaron en julio de ese mismo año, los representantes de la Lotería y Tenlot.

Y es que el contrato con la empresa de capital israelí fue toda una sorpresa. Las autoridades de la Lotería no lo informaron a la población, esto se supo a través del CEO de Tenlot, Yossi Abadi, quien posteó en su cuenta de Facebook que habían llegado a un acuerdo con la Lotería Nacional de El Salvador y hacía alusión a una larga negociación para que ellos pudieran operar los juegos de azar electrónicos, lo cual sería por 20 años.

El Diario de Hoy informó sobre ese acuerdo, aunque una vez hecha la publicación, tanto Abadi como la cuenta de la Cooperación israelí borraron el anuncio.

Hasta entonces, el secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro, confirmó la negociación. Primero dijo que se trataba de una concesión, luego que era un “préstamo de uso de nombre” porque la Lotería no podía dar concesiones por cuanto no es un bien o servicio.

Aunque nada se ha revelado sobre el contrato e incluso han negado información al respecto, diputados y abogados especialistas en derecho administrativo han afirmado en diferentes publicaciones de El Diario de Hoy sobre el tema, que la Lotería no está facultada para autorizar a otros a que operen juegos.

Ver: “Hay un ocultamiento de un contrato” en caso de la Lotería, dice exmagistrado

La misma ley orgánica de la Lotería, específicamente en el artículo 3, le prohíbe autorizar a operadores privados o públicos, ya sea personas naturales o jurídicas.

Eso lo confirmó Fiscalía cuando se presentó al juzgado a solicitar la nulidad del contrato “para la implementación y desarrollo de nuevos productos” por estar “viciado”.

La fiscal del caso dijo en esa ocasión que ese contrato violaba la ley orgánica de la Lotería Nacional, en su artículo 3, y también el Código Civil.

“En este contrato se está dando la posibilidad a la sociedad Tenlot El Salvador para que pueda administrar y operar el nuevo sistema de la Lotería Nacional que es a través de la plataforma digital y el artículo 3 de la ley orgánica de la Lotería claramente establece que los sistemas nacionales tradicionales que ya están establecidos o que se establezcan no pueden estar en manos privadas”, dijo la fiscal.

El artículo 3 de la Ley Orgánica de la Lotería establece que “el negocio de la lotería es actividad exclusiva de la Lotería Nacional de Beneficencia. En consecuencia queda prohibido su ejercicio a cualquier persona natural o jurídica, de derecho público o derecho privado. Para los efectos de esta ley se entiende por negocio de lotería la actividad por medio de la cual se emiten para ponerlos a la venta al público, billetes numerados que conceden premios en dinero”.

Pero hay una sentencia (146-11-98) de la Sala de lo Contencioso en la que derogó una parte de ese artículo 3, al decir: “No existe determinación de potestad alguna en la LORLOTNB (Ley Orgánica de la LNB) para autorizar loterías, dado que de existir sería un pronunciamiento contradictorio con la exclusividad apuntada en el mismo artículo 3 de la Ley”.

Con la derogatoria le quita esa exclusividad y le da facultad a las alcaldías de autorizar los juegos de azar. Esto surge por la demanda promovida en 1998 por MEGASYS S.A de C.V., que había sido multada por emitir boletos para el sorteo “Lotto de El Salvador” tras ser denunciada ante el Ministerio del Interior por la Lotería.

En agosto de 2015, la Sala de lo Constitucional resolvió el proceso de amparo 167-2013 en el que dijo que no le corresponde interpretar el ordenamiento infraconstitucional para determinar cuál o cuáles son las instituciones competentes para autorizar loterías o de qué tipo de loterías se trata, y ordenó al legislador “regular la materia en cuestión de una forma en que brinde certeza jurídica...”.

El proceso fue promovido por la sociedad Rapa Corporation El Salvador S.A. de C.V. en contra de la presidenta de la Lotería, luego de que esta dijera que tal sociedad carecía de la legalidad y autorización para operar el juego de azar Lotto Pisto. Pero esta demostró en el proceso que sí contaba con los permisos correspondientes.

El sitio de apuestas electrónica Dale.sv fue inaugurado en marzo pasado. La Lotería aparece como “casa de apuestas” y no Tenlot El Salvador. Hasta ahora, la Lotería se niega a informar detalles del contrato firmado con los israelíes.

Pese a prohibiciones, Lotería abre sitio electrónico de apuestas

Pese a estas sentencias, a que su misma ley orgánica se lo impide y a que la Fiscalía le había demandado por darle a los empresarios israelíes la operación de juegos electrónicos, la Lotería lanzó este año un sitio electrónico de apuestas al que llama Dale.sv, el cual coincide con el contrato firmado con Tenlot El Salvador para “la implementación y desarrollo de nuevos productos” y con lo dicho por el empresario israelí Yossi Abadi de que por 20 años operarían juegos de azar.

El sitio ofrece la posibilidad de ganar mediante apuestas deportivas, apuestas en vivo, casino, deportes virtuales, bingo etcétera en más de 25,000 opciones de juego. Pero el sitio opera bajo la sombrilla de la Lotería y no de la empresa Tenlot.

La Lotería Nacional aparece como la “casa de apuesta oficial” y promueve el sitio en sus cuentas de redes sociales, medios de comunicación y otros espacios publicitarios, pese a que la misma institución ha confirmado que ese tipo de productos sería operado por un tercero: Tenlot El Salvador, con quien firmó contrato.

Abogados consultados dicen que a la luz de lo que ya ha establecido la Fiscalía, la ejecución de ese contrato que se está viendo con el sitio de apuestas y la opacidad con que se ha manejado ese contrato, se puede no solo advertir responsabilidades administrativas sino penales, pues la Lotería podría estar cometiendo una simulación, pues pone su logo y nombre pero que e realidad es un privado el que puede estar operando en la sombra, además de que no hay ninguna norma administrativa en el ordenamiento jurídico salvadoreño que autorice un contrato como el de la Lotería con un ente privado para el desarrollo de productos conjuntos y el uso de la marca.

Actos arbitrarios, negociaciones ilícitas, peculado, incumplimiento de deberes, son algunos de los delitos penales que podrían configurarse, advierten abogados, por lo que se puede sospechar por qué no dan a conocer los términos del contrato y la falta de transparencia, pues hay varias preguntas que no han contestado sobre ese trato como a dónde se está yendo el dinero recolectado en ese sitio de apuestas, quién lo está administrando y sobre todo qué está ganando el Estado (vía Lotería) con este negocio.