Contraloría quiere auditar entidades que no fiscalizaba y usan fondos públicos

La Corte de Cuentas propone fiscalizar actividades de entidades y organismos que reciben donaciones o manejen fideicomisos

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Por Katlen Urquilla

2019-10-06 9:30:22

Sin excepción, todas las instituciones y organismos que manejan fondos públicos serían fiscalizadas por la Corte de Cuentas, según propone la entidad en un anteproyecto de reformas a la ley que presentará a la Asamblea Legislativa.

“Están sujetas a la fiscalización y control de la Corte, todas las entidades y organismos del sector público, sus servidores y terceros, que por cualquier vía administren recursos públicos”, dice el primer párrafo del artículo 3 que pide modificar.

Los alcances de esa fiscalización llegará hasta las donaciones que reciban las entidades.

Nuevos candados para finiquitos

La Corte de Cuentas plantea que ahora los ciudadanos que aspiren a un cargo de elección popular por primera vez o que ya hayan manejado fondos públicos no podrán ser siquiera candidatos si no tienen su finiquito o una constancia.

“No podrán ser candidatos a cargos de elección de popular los que hubiesen administrado o manejado fondos públicos mientras no obtengan el finiquito de sus cuentas”, dice en el texto propuesto por la Corte para reformar la ley actual.

En la normativa vigente solo dice que “para optar a cargos públicos o de elección popular se exigirá finiquito de la Corte de conformidad a la Constitución y las leyes”.

De acuerdo a lo que propone la institución, en el caso de los que “no hubiesen manejado fondos públicos y quieran optar a un cargo de elección popular o de segundo grado, se le extenderá constancia”.

También indica que en el caso de los “funcionarios o servidores que no administran ni manejan fondos públicos, pero se encuentran relacionados en juicios de cuentas se les extenderá constancia de no tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente de pago o el finiquito correspondiente”.

Y si se trata de personas que por cualquier vía administren recursos públicos o tengan relación contractual con el Estado, a quienes la Corte tipifica como “terceros”, les extenderán constancia de no tener sentencia condenatoria.

 

“La fiscalización de la Corte alcanza también a las actividades de entidades, organismos y personas que, no estando comprendidos en el inciso anterior reciban donaciones, asignaciones, privilegios o participaciones ocasionales de recursos públicos, así como los fideicomisos, subsidios, comodatos, concesiones o cualquier otro mecanismo de administrar fondos y bienes públicos”, agrega.

En ese caso, la Corte indica en sus reformas que “el control se aplicará al ejercicio en que se haya efectuado el aporte, al monto de los mismos y al cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales se asignaron los recursos públicos”.

También las sociedades mixtas

De acuerdo al texto que propone la entidad contralora, “estarán sujetos a la fiscalización de la Corte aquellas sociedades, asociaciones, fundaciones y cualquier otro ente que surja de algún mecanismo de asociatividad en donde se tenga participación de fondos públicos en su capital accionario, patrimonial o de administración”.

Y aclara que si se trata de instituciones sujetas a la vigilancia de otros entes de control estatal especializados, podrá la Corte realizar en coordinación con éstas, la fiscalización, sin perjuicio de la potestad que esta tiene como Entidad Superior de Control.

La presidenta de la Corte, Carmen Elena Rivas Landaverde, ha explicado que estas reformas ayudarán a la labor de fiscalización que deben hacer, ya que por ejemplo las subsidiarias de CEL (INE, Etesal, LaGeo y Cecsa) no permitían ser auditadas y eso ha limitado el trabajo de la Corte en esas entidades que se han constituido como empresas pero que manejan fondos públicos.

Otra empresa que fue constituida con fondos públicos y no ha sido auditada es Alba Petróleos.
La funcionaria ha dicho que quieren llenar esos vacíos en la ley llegar a todas las instituciones que usen fondos públicos sin importar el porcentaje.