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San Salvador Este unifica ordenanza de participación ciudadana

Entre las obligaciones de la alcaldía municipal está la de facilitar los espacios de agrupación ciudadana e intervención con voz en sus actividades.

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Por Jessica García
Publicado el 13 de marzo de 2025


La alcaldía de San Salvador Este (Soyapango, Ilopango, San Martín, Tonacatepeque) aprobó la ordenanza reguladora de la participación ciudadana, que contempla un nuevo marco legal para todos los distritos que lo conforman.

La denominada “Ordenanza Reguladora de la Participación Ciudadana, otros sectores y actores comunitarios del municipio de San Salvador Este” establece los lineamientos de organización y obtención de personerías jurídicas comunales. Aparece publicada en la edición del 26 de febrero de 2025 del Diario Oficial.

La ordenanza reconoce como derechos de las agrupaciones comunales: aprobar, reformar, modificar y derogar sus propios estatutos; participar en la gestión municipal pudiendo realizar gestiones frente a otros organismos gubernamentales o no gubernamentales e incorporarse a los espacios de participación ciudadana.

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La alcaldía municipal queda en la obligación de otorgar la personería jurídica a las agrupaciones comunales que se constituyan, a conocer de las observaciones y recomendaciones hechas por estas, a través de los diferentes espacios de participación ciudadana.

La cotidianidad de los habitantes transcurre con normalidad sobre las vías del tren, comunidades que fueron estigmatizadas como violentas. Foto EDH/Emerson Del Cid

Asimismo, a promover y facilitar la organización de la ciudadanía facilitando sus espacios a fin de que éstas cuenten con mecanismos claros de comunicación con el gobierno municipal; a intervenir en las actividades que desarrollen las agrupaciones comunales, con voz, pero sin voto; a solicitar un informe anual en relación a las finanzas de la agrupación.

Para la conformación de los grupos ciudadanos, quienes deseen constituir una Agrupación Comunal deberán avocarse a la Dependencia Municipal para recibir la orientación donde se explicará los derechos y obligaciones y sobre obtención de la personalidad jurídica.

“Posteriormente, los ciudadanos interesados deberán presentar solicitud ante la Dependencia Municipal tando su intención de constituir la Agrupación Comunal y asimismo deberán llenar una ficha individual, anexada a la solicitud antes referida”, detalla la ordenanza.

La solicitud de conformación deberá ser firmada por 25 personas como mínimo.

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La ordenanza municipal da paso a la creación del Registro de Agrupaciones Comunales del Municipio de San Salvador Este, que se encargará de la legalización de las organizaciones comunales. Dicha oficina será presidida por un funcionario municipal designado por el Concejo.

Entre los datos que se incluirán en el registro estarán los libros de control de los que hayan obtenido su personalidad jurídica, el libro de inscripción de juntas directivas de Agrupaciones Comunales, los libros de entrada y salida de documentos relativos y los demás que se estimen conveniente.

“Las Agrupaciones Comunales debidamente inscritas en el Registro de Agrupaciones Comunales del Municipio, podrán suscribir convenios de cooperación entre Agrupaciones Comunales de los distritos de Ilopango, Soyapango, San Salvador Este, para poder obtener beneficios comunes para las comunidades que representan”, se añade en la ordenanza.

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