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Asamblea avala “militarizar” las zonas marítimas con nueva Ley de Navegación

La normativa otorga el control portuario a la Marina Nacional. Además, agregan “buques que estarán al servicio del Estado”.

Por Jessica García | Mar 22, 2023- 22:08

Foto Referencia. Fuerza Naval. Cortesía.

La Asamblea Legislativa aprobó la nueva Ley de Navegación, con la que se regularán las actividades relacionadas al desarrollo y la defensa de los intereses marítimos de El Salvador, luego que, según el gobierno central, se diera un incremento de ilícitos en estas zonas.

La ley abre paso a las atribuciones de la Marina Nacional (en su calidad de autoridad marítima), a la supervisión, control y vigilancia de los asuntos relacionados al mar, la navegación y al régimen portuario.

Además, determina el alcance territorial acuático hasta las 200 millas náuticas y marca la división en Acajutla (Sonsonate), La Libertad, El Triunfo y La Concordia, estos dos últimos situados en Usulután y La Unión, respectivamente.

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Agregaron la definición de “buques al servicio del Estado”, entendiéndos éste como “los afectados al servicio del Estado independientemente del carácter de su propietario”, al destino, prestaciones y afectación que estos tienen, tales como los buques de guerra, policía, aduanas, científicos sanitarios o humanitarios.

La normativa contempla a efectivos de guardacostas de la unidad orgánica de la Marina Nacional, dirigido por un capitán de puerto, quien tendrá las funciones principales de vigilar el cumplimiento de las leyes y reglamentos relacionados a la seguridad acuática, proteger la vida humana en el mar, preservar el medio ambiente y los recursos marinos y costeros.

También establece que toda nave que quiera circular por el mar territorial deberá estar regulada bajo el Registro de Naves (RENAV) que tendrá a su cargo los procedimientos de registros de documentos de inscripción, requisitos a los que deberán estar sujetas las inscripciones, las cancelaciones y certificaciones que deban emitirse.

Se permitirá la inhabilitación por meses o años a capitanes de naves que cometan faltas, tales como, no informar a sus superiores del padecimiento de una enfermedad contagiosa que ponga en riesgo a la tripulación, todo aquel que realice actos que provoquen la paralización total o parcial del servicio y demostrar negligencia en el cumplimiento de sus labores.

Según el dictamen, la Ley de Navegación buscará la regulación y supervisión de las actividades relacionadas a la promoción, desarrollo y la defensa de los intereses marítimos del Estado salvadoreño, la modernización portuaria y los servicios que se prestan.

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La ley que queda sin validez es la Ley General Marítimo Portuaria, que data de septiembre de 2002 y prácticamente se trasladan las funciones que tenía la Autoridad Marítima Portuaria a la nueva dirección.

El pasado 8 de marzo, el ministro de la Defensa, René Francis Merino Monroy, llevó la solicitud de la Ley de Navegación a la comisión de Defensa de la Asamblea para explicar la propuesta. Justificó que la Fuerza Naval había perdido “facultades como autoridad marítima”, con la Ley General Marítimo Portuaria.

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