Sábado 1 de julio


El papel de los suplentes

La Ley Orgánica Judicial consigna el papel que desempeñan los magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia.

Edward Gutiérrez
El Diario de Hoy

El Artículo 51, por ejemplo, afirma que son atribuciones de la corte plena (reunión de los magistrados propietarios) llamar a los magistrados suplentes que deban entrar a sustituir a los propietarios.

El Dr. Guillermo Arévalo Domínguez, Magistrado Presidente de la Cámara 1a. de lo Penal y Magistrado Suplente electo, explicó los casos de acción de los suplentes.

Cuando los titulares falten a sus tareas por incapacidad, licencia u otro tipo de impedimento, los suplentes entran a conocer de los casos.

En algunas ocasiones, explica Arévalo Domínguez, hay discordia entre los magistrados en cuanto a algún fallo judicial. En este caso se llama también al suplente para dirimir las diferencias.

Uno de los casos actuales donde los suplentes han conocido es en el caso del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

La discordia entre los magistrados sobre admitir una demanda de la dirección del ISSS por un fallo de la Cámara de lo Laboral, hizo que el suplente entrara a resolver la discordia de dos a uno que había en la Sala de lo Civil.

En la actualidad, existen en la Corte Suprema de Justicia 15 magistrados suplentes.

De estos, cinco son los suplentes de los titulares de la Sala de lo Constitucional y el resto se reparten entre las otras tres salas.

Éstas son la Contencioso, la Civil y la Penal.


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