Turismo
 
Inicio del Sitio Miércoles 5 de Noviembre
 

 

 
 

Ejecutivo revisará la ley antimaras

La normativa, tal y como está, permite cumplir los objetivos del Gobierno, pero éste cree conveniente, reforzarla así como otras disposiciones para aumentar el combate a las maras.

Ana Giralt
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

El Director de la policía, Ricardo Menesses, declaró que el luto y el dolor no detendrán la lucha contra los pandilleros. Foto: EDH/Giovanny Lemus

Mientras que la Policía Nacional Civil “aplaude” la disminución de homicidios desde que inició el Plan Mano Dura, una familia llora la muerte de un policía asesinado por los pandilleros el domingo. Es por eso que el Ejecutivo prepara otras medidas para reforzar el combate a las maras.

A esto se suma una solicitud gubernamental para que la Fiscalía General de la República dé un giro a las investigaciones sobre crímenes cometidos por los pandilleros, para que se procese tanto a los hechores materiales como intelectuales.

Esos detalles se conocieron en la conferencia que brindó el ministro de Hacienda, Juan José Daboub, y el secretario de Asuntos Jurídicos de la Presidencia, Francisco Bertrand Galindo, en representación del Presidente de la República, Francisco Flores, para ofrecer el pésame por la muerte del policía Juan Carlos Guevara Valenzuela.

Los funcionarios prefirieron no dar detalles de las propuestas que se preparan y que por obligación constitucional, tendrían que ser avaladas por la Asamblea Legislativa.
Por el momento, existe una gama de posibilidades, pero nada en concreto.

Con esto, hasta la controvertida ley antimaras puede ser que sufra algunas modificaciones. “Si hay que hacer un esfuerzo para que cambie, hay que hacerlo, pero la ley es totalmente aplicable”, advirtió Bertrand .

Una probabilidad es convertir la normativa en una disposición permanente o, por lo menos, ampliar su vigencia. La misma fue aprobada en octubre y caduca en marzo.
Lo que sí es claro es que los miembros de la Fuerza Armada y la PNC se mantendrán vigilantes –a través del Plan Mano Dura– hasta rescatar todos los territorios dominados por maras.

De manera simultánea, el Ejecutivo determinará si es necesario, también, reforzar las reformas al Código Penal y Procesal Penal que los diputados aprobaron para legalizar la persecución de los mareros.

Por la ley


Las modificaciones que se propongan no tiene nada que ver con las críticas que los jueces han hecho a la ley antimaras.
Los colaboradores de Flores reiteran que la normativa es la mejor herramienta para impedir que los pandilleros sigan en la calles.

Por eso, responsabilizan, de forma indirecta, a los representantes del Órgano Judicial de los crímenes que los mareros están cometiendo.
“Dejarlos libres es contribuir a que cometan más delitos”, manifestó el secretario de la Presidencia.

Lea además

 

 

“Si no hubiera salido, no lo habrían matado”


En todo caso, el Gobierno no se dejará vencer.

Daboub recalcó “que con ley en mano, todo lo que esté al alcance vamos ir haciendo, para reducir esos atroces crímenes”.
De ahí es que pidió a la Fiscalía no conformarse con acusar nada más al marero que mata, sino a toda la pandilla, pues los códigos penales permiten procesar a quienes organizan o planifican un homicidio.

“Una organización delincuencial es como un equipo de fútbol: un gol lo mete el delantero, pero cuando gana o se pierde, pierde todo el equipo”, ejemplificó Bertrand.

Las herramientas
El Ejecutivo insiste que las disposiciones legales vigentes son suficientes para que la policía, con el respaldo de los jueces, ponga tras las rejas a los mareros
Art. 6.- Esta
disposición castiga con prisión de dos a cinco años a los que
integren una mara o pandilla que amedrente u hostigue o de cualquier forma amenace a personas. Y prisión de dos a seis años si porta un arma.
Art. 45.- Esa misma normativa señala que los menores de 18 años que cometan alguna falta vinculada con el accionar de las
pandillas se les aplicará el proceso establecido en la ley, con ciertas excepciones.
Art. 32.- Esta parte del Código Procesal Penal prohíbe la
conciliación cuando se trate de delitos
cometidos por miembros de organizaciones
ilícitas, tales como pandillas denominadas maras.
Art. 16.- De acuerdo con esta norma, si una persona porta, sin
justificación alguna, un arma corto
punzante (o su s
imilar) que pueda
causar daño, se le sancionará con arresto de 30 a 60 días.
Art. 30.- Según el Código Penal, el abuso de superioridad que
cometan los miembros de agrupaciones
ilícitas, denominadas maras, agrava la responsabilidad penal del infractor que detenga la policía.
Art. 348.- De la
citada normativa penal, castiga con prisión de 3 a 5 años, a las
personas que formen pandillas denominadas maras con el fin
de provocar desórdenes e
intimidación a las personas.

 

 

  HACIA ARRIBA


Derechos Reservados - El Diario de Hoy, El Salvador, C.A. - Aviso Legal