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Prohibido
que trabajen
Sólo
por excepción los menores de 14 años podrán
laborar.
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
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Lo que se pretende con
el nuevo Código de la Niñez que se estudia en
la Asamblea Legislativa, es privilegiar una serie de derechos
que tienen los menores. Foto EDH
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Quedará terminantemente prohibido que los niños y
niñas menores de 14 años trabajen, de acuerdo con
el código para proteger a la niñez que se estudia
en la Asamblea Legislativa.
Incluso, si los menores cumplen 14 años y todavía
están sometidos a la enseñanza obligatoria, tampoco
podrán trabajar.
Si se trata de adolescentes con edades entre 14 y 18 años
que todavía no cumplan la educación obligatoria, el
empleo se autorizará si es necesario para la subsistencia
del adolescente o de su familia.
Una vez que los menores cumplan 14 años, podrían trabajar
si se les garantiza que puedan continuar sus estudios, si poseen
un horario especial y si las actividades son compatibles con el
desarrollo del adolescente.
Los adolescentes no podrán trabajar en tareas peligrosas
o insalubres o en forma de esclavitud como la venta, explotación
sexual o económica.
Tampoco podrán participar en materiales pornográficos
o en tareas inmorales. Incluso, los adolescentes no podrán
participar mensajes publicitarios en medios de comunicación
social, internet u otras tecnologías que inciten al consumo
de productos nocivos para la salud o exalten el vicio, las malas
costumbres o los falsos valores.
Según la legislación que se propone, los adolescentes
no podrán cumplir labores peligrosas en las que queden expuestos
a abusos físicos, psicológicos o sexuales.
Los trabajos en engrasado, limpieza, revisión o reparación
de máquinas no podrán cumplirlos.
Tampoco tareas en las que se utilicen sierras automáticas,
circulares o de cinta, cuchillos y otros aparatos que requieran
precauciones.
Los trabajos subterráneos entre ellas la instalación
de redes y alcantarillados o donde se elaboren materias explosivas
como la industria pirotécnica, estarán alejados de
los menores.
Prohibiciones
Además, se les prohibiría laborar en:
- Construcciones.
- Tareas submarinas o cumplidas en el mar como la pesca, extracción
de moluscos, estiba y descarga en los muelles.
- Limpiar carros o participar en ventas ambulantes.
- Barras shows, cantinas, salas de billar.
Cuando se contrate a un adolescente, deberá pagársele
el salario mínimo. También tendrán derecho
al aguinaldo, a las vacaciones remuneradas y a otras prestaciones
laborales.
La jornada de trabajo no puede ser mayor de seis horas y de 34
horas a la semana. Igualmente tendrían las mismas garantías
y derechos referentes a la seguridad social.
| Herencia laboral
no deseada: Una serie de estudios médicos demuestran
que los trabajos que se mencionan abajo provocan serios padecimientos
a los niños, niñas y adolescentes. |
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En
la caña de azúcar: La hoja de la caña
desprende una especie de mota que provoca picazón intensa,
eso les irrita la piel y también posee filo que provoca
cortaduras, sobre todo en las piernas.
- Manipulan cumas, azadones, machetes, palas, ganchos, rastrillos
y limas de gran peso para los menores. Ocurren muchas cortaduras
entre los niños y niñas que laboran en este
sector.
- Ese tipo de trabajo los exponen a altas temperaturas. Muestran
una piel quemada y tostada que puede hasta provocarles cáncer
en la dermis. Las quemas de los cañales los expone
a infecciones respiratorias. |
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En
la pesca : - Peligro permanente de ahogarse, ser arrastrados
por corrientes marinas y pérdidas en altamar.
- Insolación, ataques de tiburones y otros animales
marinos.
- La humedad durante un número excesivo de horas los
expone a
problemas.
- La inmersión en el agua sin protección o preparación
adecuada les provoca problemas respiratorios,
ceguera o dificultades auditivas.
- Adicción a estimulantes por sobrellevar condiciones
insoportables para el cuerpo. Entre ellos: cafeína,
nicotina, estimulantes farmacéuticos baratos y automedicados.
6. Están expuestos a heridas, mutilaciones, sexo con
prostitutas al acompañar a los adultos luego de las
jornadas de trabajo. |
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Pepenadores
de basura :
- Heridas en la piel por contacto con vidrios, pedazos de
metal y madera.
- Infecciones severas por la insalubridad del lugar y contacto
con materiales
peligrosos.
- Intoxicación, enfermedades respiratorias, de la piel,
intestinales y de los ojos.
- Contacto con desechos hospitalarios, industriales, alimentos
vencidos, etc. |
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Explotación
sexual :
- Las niñas están expuestas
a violaciones y, dentro de la práctica, a enfermedades
venéreas
- Contagio de SIDA.
- Lesiones físicas (por medio de la violencia)
- Intoxicaciones.
- Consumo y adicción a drogas.
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Productos
pirotécnicos :
- Manipulación de los componentes de la pólvora
los exponen a quemaduras.
- Enfermedades respiratorias.
- Envenenamientos ligeros.
- Muertes
por explosiones.
- Heridas por el uso de instrumentos cortantes, dolores
de cabeza, cuello y columna por las largas horas de trabajo.
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