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Cambios clave a la Ley Bitcoin serán efectivos en mayo

Las reformas, que son parte del acuerdo con el FMI, ya fueron publicadas en el Diario Oficial.

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Por Katlen Urquilla
Publicado el 15 de febrero de 2025


Las reformas a la Ley Bitcoin, que quitaron la obligatoriedad de usar la criptomoneda, entre otros cambios clave, ya fueron publicadas en el Diario Oficial (D.O.), pero su entrada en vigor será hasta mayo.

La Asamblea Legislativa oficialista aprobó un pliego de reformas el 29 de enero de 2025 y fueron publicadas en el D.O. del 30 de enero.

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Según el documento, la entrada en vigencia esos ajustes a la normativa será 90 días después de su publicación en el Diario Oficial, por lo que dicho plazo se cumplirá en mayo próximo.

De los 16 artículos de la ley aprobada el 8 de junio 2021, la cual entró en vigencia en septiembre de ese año, los legisladores reformaron seis de ellos (1, 3, 5, 7, 11, 12) y eliminaron otros tres (4, 8 y 9).

Estas modificaciones buscan ajustar la legislación original y clarificar aspectos cruciales en torno a la adopción del Bitcoin en el país, como parte de un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Uno de los requisitos que el FMI puso sobre la mesa al gobierno de Nayib Bukele para lograr un programa de financiamiento por $1,400 millones fue que debía reformar la Ley Bitcoin. Este acuerdo aún debe ser ratificado por el directorio del Fondo este mes.

Ese compromiso fue reiterado el pasado 6 de febrero por la portavoz del Fondo, Julie Kozack, durante una conferencia con medios internacionales. Kozack fue consultada sobre las reformas aprobadas a la Ley Bitcoin y que al mismo tiempo el gobierno anunció que había seguido comprando más Bitcoins.

La funcionaria recordó que "el personal del FMI y las autoridades salvadoreñas llegaron a un acuerdo a nivel de personal el 18 de diciembre para un nuevo acuerdo… El acuerdo sería por aproximadamente $1,400 millones para apoyar la agenda de reforma del gobierno, y este acuerdo está sujeto a la aprobación del Directorio Ejecutivo del FMI".

Y agregó: "Como se explicó en el comunicado de prensa que emitimos después del acuerdo a nivel de personal, el nuevo programa respaldado por el Fondo tiene como objetivo reducir los riesgos potenciales del proyecto Bitcoin. Una vez implementado, las compras de bitcoins estarán limitadas según el programa acordado".

Los cambios a la ley

En ese sentido, los artículos eliminados de la ley son clave en el acuerdo con el FMI, pues tienen que ver con la participación del gobierno en las compras de Bitcoin.

Super Selectos ofrece la opción de cancelar las compras haciendo uso de Bitcoin. Foto EDH/ Francisco Rubio

Por ejemplo, el artículo 8 que fue derogado decía así: "Sin perjuicio del accionar del sector privado, el Estado proveerá alternativas que permitan al usuario llevar a cabo transacciones en bitcoin, así como contar con convertibilidad automática e instantánea de bitcoin a dólar en caso que lo desee. El Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en bitcoin".

Este cambio, a partir de que esté vigente, limitará la participación del gobierno en las operaciones de Bitcoin y en Chivo Wallet.

De hecho, en diciembre (tras anunciar el acuerdo con el FMI), la directora de la Oficina Nacional de Bitcoin, Stacy Herbert (nombrada por Bukele), publicó en X que "la billetera Chivo se venderá o se descontinuará, pero las numerosas billeteras de bitcoin del sector privado seguirán prestando servicios a El Salvador".

Otro de los cambios significativos fue al artículo 1, que redefine el alcance de la ley, especificando que la aceptación del Bitcoin como forma de pago es voluntaria y se limita a transacciones entre particulares, sin obligar a su uso en ninguna operación. Además le quitó el estatus de "moneda" de curso legal.

Otra modificación sustancial fue en el artículo 3, que ahora establece de manera explícita que cualquier precio podrá ser convertido a Bitcoin, pues decía "podrá ser expresado en bitcoin".

Asimismo, reformaron el artículo 5, eximiendo de impuestos sobre las ganancias de capital a los intercambios en Bitcoin.

También la reforma al artículo 7 remarca que no es obligación aceptar Bitcoin como forma de pago y lo dejó únicamente a las personas naturales o jurídicas que voluntariamente lo acepten, eliminando cualquier obligación forzosa en este sentido.

Las reformas también incluyeron modificaciones en los artículos 11 y 12. El artículo 11 delega en el Banco Central de Reserva y la Superintendencia del Sistema Financiero la responsabilidad de emitir la normativa correspondiente al uso del Bitcoin, según sus competencias.

Esto remarca la autoridad de dichas instancias para regular la criptomoneda, ya que el gobierno de Bukele también creó la Oficina Nacional de Bitcoin, la Agencia Administradora de Fondos Bitcoin (AAB) y la Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD).

Y el artículo 12 dejó establecido que las obligaciones monetarias del Estado, tanto domésticas como externas, deberán ser pagadas en las monedas en que fueron contraídas. Ese artículo también decía que "el Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en Bitcoin", pero con la reforma desapareció.

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