La Sala rechaza demandas contra candidaturas de diputados porque debieron ser tramitadas ante el TSE

La Sala le recuerda a los demandantes que ella actúa como máximo intérprete y “guardián último de la Constitución”, es decir, antes debieron haber agotado su reclamo en las instancias correspondientes, en este caso el TSE.

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La diputada Margarita de Escobar fue reelecta para un nuevo período en la Asamblea. Foto de referencia / Archivo.

Por Mario González

2021-03-09 7:27:33

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó “por improcedentes” sendas demandas que reclamaban la anulación de las candidaturas a la reelección de los diputados Margarita Escobar y Carlos Reyes.

Ambos legisladores de ARENA fueron reelectos en las pasadas elecciones para un nuevo período en la Asamblea. Escobar como diputada por San Salvador, y Reyes por el departamento de Cabañas.

La Sala explicó la razón tras su resolución: los promotores de las demanda, el ciudadano Christian Alberto Quinteros Orellana, Rafael Ernesto Montes Peña y Lea Abigail Rodríguez de Castillo, debieron oponerse a la inscripción de los candidatos ante el Tribunal Supremo Electoral en primera instancia por ser la máxima instancia en materia electoral.

TAMBIÉN: Sala de lo Constitucional rechaza demandas contra las candidaturas de Ernesto Muyshondt y Roberto d’Aubuisson

“La improcedencia se debe a que la pretensión se planteó sin observar las exigencias del artículo 208 inciso 4° de la Constitución, en cuanto a la función jurisdiccional del tribunal citado, como autoridad máxima en materia electoral, al no ejercitarse el recurso de nulidad de acuerdo con las condiciones legalmente previstas”, dice la resolución emitida ayer por la tarde.

Los magistrados constitucionalistas advirtieron que la demanda “es defectuosa y ello impide su examen en este proceso” por intentar que la Sala haga un juicio sobre la constitucionalidad de un procedimiento legal sin respetar la autoridad del TSE ni sus decisiones sobre recursos electorales.

La Sala le recuerda a los demandantes que ella actúa como máximo intérprete y “guardián último de la Constitución”, es decir, antes debieron haber agotado su reclamo en las instancias correspondientes, en este caso el TSE.

Previo a las elecciones del 28 de febrero, la Sala también había declarado improcedentes dos demandas contra las candidaturas de Ernesto Muyshondt como alcalde de San Salvador y Roberto d’Abuisson, de Santa Tecla, ambas presentadas por el ministro del Trabajo, Rolando Castro.