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Cada defensor público atiende más de 200 casos del régimen de excepción, según informe de la UCA

Abogadas consideran que la reducción de defensores públicos afecta el derecho a la defensa de las personas capturadas en el contexto del régimen de excepción.

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Por Lissette Lemus
Publicado el 24 de mayo de 2025


Cada defensor público de la Procuraduría General (PGR) atiende un aproximado de 206 casos relacionados al régimen de excepción, reveló el último informe del Observatorio Universitario de Derechos Humanos (OUDH) de la UCA.

El documento que fue presentado a principios de este mes señala que hasta septiembre de 2024 la Procuraduría contaba con 550 procuradores a nivel nacional, de los cuales 232 atendían la Unidad de Defensa Pública Penal.

Sin embargo, para diciembre del mismo año la institución tuvo una baja notable en el número de defensores públicos. De acuerdo con la información recopilada por el Observatorio, para este año la PGR solo cuenta con 356 procuradores a nivel nacional, de los cuales 165 están asignados al área penal.

El informe detalla que la Unidad de Defensa Pública Penal tuvo una reducción de 67 personas y que este dato no debe pasar desapercibido, en primer lugar, porque se redujo casi el 30% del personal de la unidad, en un contexto donde los procesos penales han cobrado una relevancia sin precedentes" indica el documento.

Javier Delgado, investigador del OUDH, explicó en una entrevista en radio YSUCA, que "esto es relevante por que instituciones como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha revelado que el 80% de los casos del régimen de excepción los ha atendido la PGR".

"Si tomamos en cuenta que para diciembre de 2024 había alrededor de 83,600 capturas, haciendo el ejercicio de dividir el número de personas capturadas, el número de casos activos, entre el total de defensores públicos que hay actualmente, eso nos arroja que cada defensor tiene que contar con 206 casos", expuso Delgado.

El investigador agregó que esto no garantiza el derecho a la defensa y acceso a la justicia, a tener una comunicación con el abogado, saber cuál es la acusación, poder asistir a las audiencias y conocer cuál es la estrategia que va implementar el defensor público.

"Todas esas cosas no se garantizan y es muy relevante dato el papel que tiene que jugar la PGR en este contexto" declaró Delgado.

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El informe agrega que la reducción de defensores públicos "agrava la saturación e inoperancia de una institución que ha sido duramente denunciada por familiares de personas capturadas en el marco del régimen de excepción".

Ingrid Escobar, directora del Socorro Jurídico Humanitario, manifestó que la disminución de defensores públicos afecta directamente a las personas que están siendo procesadas y destacó la incertidumbre en la que quedan los casos cuando los procuradores son despedidos.

"Entre menos representantes del defensor del pueblo haya, menos será la atención a las víctimas del régimen de excepción (...) Eso va en detrimento de cumplir con la defensa de las personas que creen y confían en los defensores públicos" declaró.

Samuel Ramírez, representante del Movimiento de Víctimas, Movir, considera que el número de defensores públicos "es incoherente con una gran demanda de víctimas que necesitan que su proceso judicial sea llevado con la agilidad que se merece.

Ramírez dijo que hay reiteradas quejas de los familiares de los capturados que en la PGR "no los escuchan, ni atienden sus peticiones. Las preguntas más comunes de la gente es saber como va el proceso, cuando va a ser la audiencia", manifestó

Por otra parte, el Observatorio destacó que "el simple nombramiento formal de un defensor público, sin una defensa técnica efectiva, constituye una violación al debido proceso, ya que es equivalente a no contar con la misma".

Victoria Barrientos, de la Fundación para el Debido Proceso, DPLF, considera que en los últimos años ha quedado en evidencia la falta de recursos con los que cuenta la PGR para garantizar una defensa técnica a las personas detenidas del régimen de excepción.

"El derecho a la defensa dentro de un proceso judicial es parte de las garantías del debido proceso, el cual, a su vez se encuentra íntimamente ligado al propio derecho de acceso a la justicia. De allí que, el mero acto de nombrar un defensor público, sin que éste, actúe de manera diligente y no proteja los derechos de las personas que defiende podría significar responsabilidad del Estado por posibles violaciones a derechos humanos", explicó.

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