Expertos reafirman que la Asamblea Legislativa no puede desaforar a diputados del Parlacen

El diputado René Portillo Cuadra dijo que lo correcto sería que el presidente de la Asamblea remita la solicitud del fiscal contra Norman Quijano al Parlacen para que éste que no tiene interés político sea el juzgador.

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Norman Quijano, fue juramentado como diputado del Parlacen este 28 de octubre de 2021. Foto EDH/ Archivo

Por Milton Rodríguez

2021-11-04 1:19:21

"Una vez más este procedimiento se los van a volver a anular porque el que hizo el requerimiento fiscal o lo asesoró no se dio cuenta de la reforma del 2008 (Tratado Constitutivo del Parlacen) y volvió a meter otra ilegalidad más a esta situación".

Así lo advirtió el jefe de fracción de ARENA, René Portillo Cuadra durante la sesión plenaria de este miércoles donde sin tener facultades para hacerlo, Asamblea Legislativa creó comisión para desaforar al diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), por ARENA, Norman Quijano.

Al respecto, el jefe de fracción del partido tricolor, René Portillo Cuadra, explicó a este medio que lo que salga de dicha competencia no tiene efectos vinculantes directos para el Parlacen. Es decir, que esa comisión legislativa se está metiendo en competencias de otro parlamento.

Así lo reafirmó también el experto electoral, Malcon Cartagena, quien escribió en su cuenta de Twitter que "hay leer antes de solo opinar" enfatizando en las reformas hechas en 2008 al Tratado Constitutivo del Parlacen.

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No obstante, esto parece haber sido ignorado por la Asamblea e incluso por el mismo presidente Nayib Bukele, quien escribió en su cuenta de Twitter que: "la Asamblea Legislativa sí puede desaforar a un diputado del PARLACEN. Ya se ha hecho antes. Hay precedente y registro de eso".

Bukele se refiere a una noticia de 2006 cuando la Asamblea Legislativa desaforó al diputado del Parlacen, Mario Antonio Osorto Vides. Cartagena aclaró en la misma red social que "desde entonces ya existen reformas al tratado constitutivo del Parlacen y a su reglamento interno que norman claramente un proceso de desafuero". En ese sentido subrayó: "Ya no es la Asamblea Legislativa la que puede desaforarlo".

El experto expuso que tras la modificación del Tratado en el año 2008, el artículo 22 establece que " el Parlamento Centroamericano regulará el procedimiento para el levantamiento y suspensión de las inmunidades y los privilegios de los diputados, en un plazo no mayor a los 60 días".

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Además, estipula que el Parlacen a solicitud de las autoridades competentes del país del cual el Diputado es nacional, podrá levantar y suspender las inmunidades y privilegios de sus Diputados.

Luego de eso, Cartagena compartió una fotografía del Reglamento Interno del Parlacen que entró en vigencia el 27 de mayo del 2015 y estipula en el artículo 29 que: "la petición para la suspensión de la Inmunidad Parlamentaria de una Diputada o Diputado Centroamericano debe ser dirigida a la Presidenta o Presidente del Parlacen, contenida en un suplicatorio, que debe ser remitido, por la autoridad competente del Estado solicitante".

Al artículo añade que esto debe hacerse "de conformidad y en absoluto respeto a las disposiciones normativas del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano, al ordenamiento jurídico del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), al Derecho Internacional Público, así como a las normas constitucionales del Estado Parte correspondiente".

El artículo 31 del reglamento dice que luego de que la Asamblea Plenaria conozca el caso, en la misma sesión debe conformar una Comisión Extraordinaria de Investigación para que analice los antecedentes y recabe los elementos de juicio necesario.

Dicha comisión tendrá 60 días para para emitir dictamen correspondiente a la Asamblea Plenaria, para que decida la suspensión, o mantenimiento de la Inmunidad Parlamentaria.

Ignoran sugerencia de Portillo Cuadra

Precisamente, eso es lo que sugirió el diputado Portillo Cuadra al pleno legislativo antes de aprobar la comisión especial, pero su opinión fue ignorada.

"Lo correcto es que suspendan en este momento lo que ha hecho la comisión de legislación y puntos constitucionales y que el señor presidente de la Asamblea (Ernesto Castro) remita este requerimiento del fiscal al Parlacen y que sean diputados que no tiene un interés político que juzguen si ha lugar a formación de causa o no. Entonces si van a proceder en contra de él", manifestó Portillo Cuadra.

Esta decisión ha causado una serie de críticas hacia la Asamblea Legislativa por parte de abogados y expertos en el tema. Por ejemplo, la abogada penalista Marcela Galeas publicó en tuiter: "No entienden lo básico de la Constitución de El Salvador ya van a comprender Derecho Internacional Público".

Ella también consideró que "el procedimiento para retirar inmunidad de un diputado del Parlacen le corresponde a dicho organismo, no a la Asamblea".

Además, ahondó en el tema y dijo que "la contradicción no es entre instrumentos legales, sino intelectual, la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados en su sección 1ª sobre observancia de los tratados y aplicación del Pacta sunt servanda en relación con la Constitución de Articulo 89 y 144 es clara".

En ese sentido opinó que "no es posible alegar el incumplimiento del Derecho interno, incluida la Constitución, como justificación para no cumplir una norma de Derecho Internacional, sobre todo viniendo de legisladores".

La Fiscalía acusa a Quijano de agrupaciones ilícitas y fraude electoral por presuntas negociaciones con pandillas en 2014.

Al respecto, la diputada de ARENA, Rosa Romero cuestionó este jueves en una entrevista radial que si se pretende la captura de Quijano ¿Quién lo hará? porque él está fuera del país y la Interpol ya se desligó por no cumplir requisitos.

"Lo que acá se está haciendo no es persiguiendo la corrupción sino atacar las voces críticas, a la oposición y una persecución", concluyó.

CERTIFICACION JURAMENTACIÓN DIPUTADO NORMAN QUIJANO