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plenaria 58

Legislativo flexibiliza requisitos para registro de sociedades mercantiles

Se elimina el requisito de presentar solvencias municipales para el registro de sociedades simplificadas

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Por Susana Peñate
Publicado el 05 de junio de 2025


En la sesión plenaria de este jueves, la Asamblea Legislativa aprobó, con 56 votos, una reforma al Código Municipal para eliminar el requisito de presentación de la solvencia municipal para la constitución de sociedades mercantiles en los trámites ante el Centro Nacional de Registros (CNR).

La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión retomó el pasado viernes el expediente con la propuesta de reforma que envió el gobierno que tenía en estudio desde enero, cuando recibió la exposición del director del CNR sobre el contenido, y emitió el dictamen favorable.

El artículo 100 del Código establece que para la inscripción en los Registros de Comercio de las escrituras de constitución de sociedad mercantil o modificaciones o disoluciones se debe presentar solvencia de impuestos municipales de los socios o de la sociedad, según el caso.

Actualmente, los trámites registrales tienen una duración de entre cinco y 15 días, con un costo que ronda entre $5 y $26. 

Otra parte de la reforma propuesta sería al artículo 101 para que, además de expedirse en papel simple, las solvencias municipales se puedan expedir por medios electrónicos.

"Vamos a eliminar una de las principales barreras que enfrentan los emprendedores salvadoreños, la exigencia de solvencia municipal para registrar una sociedad por acciones simplificada", dijo la diputada Dania González.

Considera que con la ley que habilita la formación de estas Sociedades de Acciones Simplificadas (SAS) busca eliminar pasos burocráticos, lo que no se logra con el tiempo que tienen que esperar para tramitar las solvencias.

"No todas las municipalidades tienen la facilidad de entregarla en un tiempo límite... Su retraso en su emisión por las alcaldías retrasa y desincentiva la formalización de estos negocios", sostuvo.

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