GANA propone voto electrónico y circunscripciones electorales para salvadoreños en el exterior

La iniciativa será discutida en la comisión de Reformas Electorales de la Asamblea. La Sala de lo Constitucional emitió una sentencia en mayo pasado dando de plazo a los diputados hasta el 15 de septiembre para legislar el voto activo y pasivo en el exterior.

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Actualmente, los compatriotas solo votan por el mecanismo de voto postal en elecciones presidenciales. Foto EDH/Archivo

Por Eugenia Velásquez

2021-08-13 1:43:14

El diputado de GANA, Romeo Auerbach, dio a conocer ayer una iniciativa para regular el voto en el exterior, con el fin de cumplir con una sentencia de la Sala de lo Constitucional que dio de plazo a la Asamblea hasta el 15 de septiembre para legislar en ese sentido.

El proyecto de “Ley Especial para el Ejercicio del Voto en el Exterior” presentado por Auerbach contempla el voto electrónico y las circunscripciones electorales, para que los salvadoreños residentes en el extranjero puedan ejercer el sufragio desde el país en donde vivan.

Anteriormente, el voto electrónico siempre ha despertado temor en los partidos políticos por posibles fraudes electorales a raíz de la fragilidad de los sistemas de informática a vulneraciones externas.

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Conozca en detalle la propuesta: Se establece el voto electrónico, como una herramienta tecnológica para facilitar la emisión del sufragio de los ciudadanos salvadoreños domiciliados en el extranjero.

Dicha herramienta deberá contar con todos los elementos necesarios para garantizar la validez, secretividad, libertad e igualdad del voto, manifestando de forma inequívoca la voluntad del ciudadano.

La herramienta a utilizar debe garantizar la vigilancia electoral por parte de los organismos electorales, partidos políticos y observación internacional respectiva. El voto electrónico podrá ser presencial o de forma remota.

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberá facilitar una aplicación para teléfonos inteligentes, así como una página web, para que los salvadoreños domiciliados en el extranjero puedan emitir su voto, para la creación de dicha herramienta se auxiliará del apoyo de la Secretaría de Innovación de la Presidencia de la República y de cualquier otro ente nacional o internacional para la efectiva implementación del voto.

Los ciudadanos salvadoreños que decidan efectuar su voto a través de las plataformas tecnológicas, es decir, por medio de una aplicación de teléfono inteligente, o a través de la página web destinada para tal efecto, deberán solicitar se les habilite dicha posibilidad un mes antes de la elección de que se trate.

El ciudadano salvadoreño que solicite la utilización de dicho medio, no podrá ejercer el voto de una forma distinta, para la elección de que se trate, bajo pena de las responsabilidades civiles y penales a las que hubiere lugar.

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Los ciudadanos salvadoreños domiciliados en el exterior que estén incluidos en el registro electoral, y en su respectivo padrón electoral en el extranjero y que deseen emitir su voto electrónico de forma presencial, podrán hacerlo en la circunscripción que les corresponda.

El Tribunal Supremo Electoral deberá elaborar padrones electorales para los salvadoreños domiciliados en el exterior, con los mismos requisitos establecidos en el Artículo 35 y siguientes del Código Electoral, debiendo estar disponibles también en formato electrónico para ser consultados de forma remota.

Además, deberá establecer padrones sectoriales y parciales de salvadoreños, según el número de ciudadanos domiciliados en el exterior que pertenezcan a cada circunscripción municipal en El Salvador, para incluirlos en la Junta Receptora de Votos en el Exterior que corresponda.

Los salvadoreños domiciliados en el exterior, al momento de solicitar el DUI, deberán llenar un formulario especial, en el que manifiesten su voluntad de ser incluidos en la circunscripción municipal que corresponda, para ello deberán presentar la documentación pertinente que establezca el vínculo que les permite acceder a dicha circunscripción.

La información incluida en dicho formulario deberá ser fidedigna, de lo contrario se estará a lo dispuesto a las responsabilidades civiles y penales que conllevan los delitos de falsedad ideológica, falsedad documental, fraude electoral u otro delito conexo.

Para la inscripción de candidaturas de salvadoreños en el exterior, el TSE con ayuda de la Secretaría de Innovación de la Presidencia de la República, desarrollará una plataforma oficial para la recepción de formularios y documentación pertinente para la inscripción de la candidatura respectiva.

Los salvadoreños domiciliados en el extranjero, que resultaren electos a cargos de elección popular por los que participaron, deberán ejercer su cargo en el territorio nacional, bajo el marco constitucional y legal previamente establecido para cada cargo.

Definición de circunscripciones electorales en el exterior
Las circunscripciones electorales del exterior son las delimitaciones de territorios en los cuales será dividida la población de salvadoreños domiciliados en el exterior.

Las circunscripciones electorales del exterior coincidirán con los territorios en donde los consulados de El Salvador ejercen jurisdicción en las diferentes representaciones del país en el mundo.

El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá remitir al TSE la información de las representaciones consulares del país en el mundo y sus respectivas áreas territoriales de jurisdicción un año antes de la fecha señalada para la elección de que se trate.

La comisión de Reformas Electorales de la Asamblea ha recibido a varias organizaciones de salvadoreños en el exterior y organizaciones salvadoreñas en materia electoral que han opinado sobre los mecanismos idóneos para que los salvadoreños en el extranjero puedan ejercer el sufragio en las elecciones para alcaldes y diputados, ya que actualmente no pueden participar de ese ejercicio electoral, solo para elegir a presidente y vicepresidente