Asamblea avala perseguir delitos de corrupción ya fenecidos

El procurador de Derechos Humanos, Apolonio Tobar manifestó que la reforma al artículo 32 del Código Procesal Penal (CPP) sería inconstitucional.

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Foto EDH / Yessica Hompanera

Por Milton Rodríguez

2021-09-07 9:57:34

Los diputados avalaron este martes que la Fiscalía General de la República (FGR) persiga delitos de corrupción del pasado (ya prescritos), pese a que el procurador de Derechos Humanos, Apolonio Tobar señaló que esto es inconstitucional.

Con 65 votos a favor, los diputados del oficialismo aprobaron la reforma al Código Procesal Penal (CPP) impulsada por el Gobierno para que los delitos de corrupción no prescriban y que se persigan de forma retroactiva sin límite de tiempo.

“La propuesta de reforma que en el supuesto hipotético al final se apruebe me parece estaría infringiendo el artículo 21 de la Constitución”, sentenció el Procurador de Derechos Humanos, Apolonio Tobar, a los diputados cuando asistió a la comisión de Legislación.

Tobar destacó que perseguir delitos de corrupción de hace 30 años, chocaría contra el artículo 21 de la Constitución, el cual dice que la retroactividad de la ley solo aplica en dos casos: cuando es favorable al procesado o cuando le Ley es de orden público.

De hecho, el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, reconoció que el artículo 21 de la Constitución establece la prohibición de aplicar de forma retroactiva las leyes, pero argumentó que “la lucha de corrupción se se enmarca dentro de una de las excepciones, pues se trata de una situación de orden público”.

No obstante, el diputado Johnny Wright Sol aclaró que es la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la autoridad competente para señalar una declaratoria de orden público y que no basta que el legislador así lo determine en una ley secundaria.

“Esta reforma vuelve imprescriptible los delitos de corrupción y esto implica que, ahora, podrán ser perseguidos todos aquellos que los cometan, sin importar la fecha en el que haya ocurrido”, dijo la diputada oficialista Rebeca Santos.

Sin embargo, la abogada penalista Marcela Galeas ha señalado que en primer lugar que no existe un estudio previo para que se estableciera lo oportuno de una retroactividad de estos casos.

Además, explicó que “no es así, ese es un fundamento insuficiente para incluir la reforma, porque ya la FGR tiene facultades constitucionales para la persecución del delito en general y, específicamente, para los delitos de corrupción hay tratados internacionales en los cuales se promueve la actividad penal para la persecución de estos ilícitos”.

Añadió que también el CPP faculta a la Fiscalía para proceder en estos casos de manera expresa, al igual que la ley orgánica de la FGR.

A juicio de Galeas, “la propuesta tiene un fundamento político conveniente en el sentido que el Gobierno va a poder ejercer acción penal sin haber tenido realmente un sustento investigativo para proceder, sino es que meramente se señale a un exfuncionario de esto, y que haya caducado el delito”.

El jefe de fracción del partido ARENA, René Portillo Cuadra, también destacó que es ilegal hacer que tenga retroactividad dicha normativa. Además, señaló que no incluye todos los delitos de corrupción.

“¿Saben porqué no los incluye ? porque en los 12 casos que la CICIES investigó contra funcionarios de este gobierno presuntamente los acuso de ciertos delitos de corrupción que no están incluidos en esta reforma como por ejemplo, el incumplimiento deberes y actos arbitrarios “, detalló.

“¿Porqué no están incluidos esos delitos ? será porque el exfiscal Raúl Melara empezó a investigar a algunos funcionarios de este gobierno por esos delitos, ellos no quieren combatir la corrupción, lo que quieren es venganza contra los opositores de este régimen”, concluyó el legislador.