Gobierno amplía la cuarentena obligatoria hasta el 15 de junio

Este nuevo Decreto 29 ha quedado sin sustento legal, ya que no existe un estado de emergencia decretado por la Asamblea y la legislación de cuarentena expiró el pasado 19 de mayo.

descripción de la imagen
Habitantes de los mesones del barrio La Vega, en San Salvador, demandan falta de ayuda gubernamental y municipal para aliviar la falta de alimentos durante la cuarentena. Foto EDH/ Yessica Hompanera

Por Ricardo Avelar

2020-06-03 2:55:14

En el Decreto Ejecutivo 29 del Ministerio de Salud, que sustituye al Decreto 26, el cual vence el próximo viernes, el gobierno extiende el alcance de la cuarentena domiciliar obligatoria hasta el 15 de junio.

El Decreto fue publicado en la cuenta oficial del Ministerio de Salud.

El documento es consistente con las cuarentenas decretadas anteriormente por el Ejecutivo y añade algunas industrias que el presidente de la República, Nayib Bukele, y su ministro de Trabajo, Rolando Castro, anunciaron en ocasión del impacto que provocó la tormenta tropical Amanda.

TAMBIÉN: Con decretos ilegales, gobierno deja cuarentena en limbo jurídico

De tal manera que a las áreas con permiso de circular en los últimos decretos (restaurantes solo para servicio a domicilio, empresas de envíos de alimentos y bienes básicos, medios de comunicación, entre otros) se sumó el permiso de operar de ferreterías y empresas de construcción, mantenimiento y contratistas.

En el sector construcción se aclara que es para obras de mitigación de los daños causados por las lluvias y no para ampliaciones.

También, se mantiene la restricción de circular por documento de identidad y el cierre al transporte público. Además, se establece que el personal de Salud conducirá a quienes presuntamente violen la cuarentena y les practicarán exámenes.

Se establece que a quienes presenten síntomas, sean sospechosos de portar COVID-19 o den positivo en la prueba los conducirán a un centro de contención. No podrán ser trasladados, dice el decreto, a centros donde ya haya pacientes confirmados. La estadía en estos lugares será de 14 días, que podrá extenderse a al menos 6 más si surge algún caso positivo en este lugar.

Estos puntos han sido criticados previamente por juristas que consideran que un decreto ejecutivo no puede limitar la movilidad de forma generalizada, pues crea un estado de excepción de derechos constitucionales de facto sin haber pasado por la Asamblea Legislativa. Además, hay voces que lamentan que se deja al arbitrio de las autoridades quién es conducido a centro de contención, cuando la Sala de lo Constitucional mandó a detener estas detenciones sin criterios objetivos sanitarios.

ADEMÁS: Diputados acuerdan que cuarentena controlada para sospechosos de COVID-19 no excederá los 15 días

Asimismo, esta ley ha quedado jurídicamente “huérfana”, ya que no existe un estado de emergencia decretado por la Asamblea Legislativa como manda la ley, y la legislación de cuarentena aprobada por el Congreso expiró el pasado 19 de mayo. En medio de este limbo jurídico, este decreto 29 sigue sin tener sustento legal.