Los cambios que el Gobierno propone para hijos de salvadoreños nacidos en el extranjero
El Ejecutivo presentó a la Asamblea Legislativa una propuesta de reformas a la Ley Especial de Migración y Extranjería. La iniciativa incluye nuevas reglas para la obtención de la nacionalidad salvadoreña para hijos menores de salvadoreños naturalizados nacidos fuera del país.
Por
Leidy Puente
Publicado el 13 de marzo de 2026
El Gobierno de El Salvador presentó a la Asamblea Legislativa una propuesta para reformar la Ley Especial de Migración y Extranjería. La iniciativa establece que los residentes temporales deberán permanecer al menos 90 días al año en el país, de forma consecutiva o acumulada, salvo casos justificados. Además, busca facilitar que hijos menores de salvadoreños naturalizados nacidos en el extranjero puedan obtener la nacionalidad mediante solicitud de sus padres. La propuesta también plantea causales para perder la nacionalidad por naturalización, como residir más de dos años en el país de origen, ausentarse del país por más de cinco años o recibir condena por delitos dolosos.
El Gobierno salvadoreño presentó ante la Asamblea Legislativa una iniciativa para reformar varios artículos de la Ley Especial de Migración y Extranjería. La propuesta busca actualizar disposiciones relacionadas con la permanencia de residentes temporales en el país, así como modificar el procedimiento para que hijos de salvadoreños naturalizados nacidos en el extranjero puedan obtener la nacionalidad salvadoreña.
La solicitud fue enviada por el Ejecutivo a través del Ministerio de Seguridad Pública y Justicia. El documento fue ingresado como pieza de correspondencia 2-A y será analizado por los diputados de la comisión de salvadoreños en el exterior, legislación y gobierno.
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Facilidades para la nacionalidad de hijos nacidos en el extranjero
La iniciativa introduce modificaciones relacionadas con el acceso a la nacionalidad salvadoreña para hijos de personas naturalizadas.
En ese sentido, el Gobierno plantea reformar el artículo 164 de la ley para permitir que los hijos menores de 18 años nacidos en el extranjero, cuyos padres obtuvieron posteriormente la nacionalidad salvadoreña, puedan ser reconocidos como salvadoreños.
De aprobarse el cambio, los padres podrán solicitar la nacionalidad salvadoreña para sus hijos menores de edad a través de un procedimiento especial que será desarrollado por la Dirección General de Migración y Extranjería.

Según lo planteado en la propuesta, el objetivo es facilitar este proceso y evitar que los menores deban esperar hasta la mayoría de edad para iniciar el trámite de nacionalización.
La reforma también establece que, una vez que estos menores alcancen los 18 años, deberán manifestar ante la autoridad competente su voluntad de mantener la nacionalidad salvadoreña.
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Causales para perder la nacionalidad por naturalización
Otro de los apartados incluidos en la propuesta se refiere a las causales para perder la nacionalidad salvadoreña obtenida por naturalización.
Para ello se plantea modificar el artículo 279 de la ley. Entre los cambios se establece que una persona naturalizada podría perder la nacionalidad salvadoreña si reside más de dos años consecutivos en su país de origen o si permanece fuera del territorio salvadoreño por más de cinco años consecutivos, salvo que exista un permiso otorgado conforme a lo establecido en la normativa.
Asimismo, el documento señala que también se perderá la nacionalidad salvadoreña cuando exista sentencia ejecutoriada por la comisión de delitos dolosos.
En este último caso, la propuesta indica que quien pierda la nacionalidad salvadoreña por esta causa no podrá recuperarla posteriormente.

Cambios en la permanencia de residentes temporales
A la vez, entre los cambios planteados en la reforma están los requisitos de permanencia que deben cumplir los extranjeros que poseen residencia temporal en El Salvador.
La iniciativa propone modificar el numeral 5 del artículo 49 de la ley para establecer que quienes cuenten con este estatus migratorio deberán permanecer en territorio salvadoreño al menos 90 días calendario cada año.
De acuerdo con el texto presentado, ese período podrá cumplirse de manera consecutiva o acumulada dentro del mismo año.
Además, el Ejecutivo propone sustituir el artículo 119 de la normativa para reforzar esta obligación. En la nueva redacción se establece que toda persona con residencia temporal deberá cumplir con ese mínimo de permanencia anual en el país.
No obstante, la propuesta contempla excepciones en situaciones justificadas. El documento señala que este requisito podría omitirse cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, siempre que sea debidamente comprobado ante la Dirección General de Migración y Extranjería.
Las reformas planteadas deberán ser analizadas por los diputados de la comisión correspondiente antes de continuar con el proceso legislativo en el pleno.
De aprobarse, los cambios modificarían algunos requisitos para mantener la residencia temporal en El Salvador y facilitarían el acceso a la nacionalidad salvadoreña para hijos menores de salvadoreños naturalizados nacidos en el extranjero.
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