Movilidad humana: Dos perspectivas opuestas -la política y la de derechos
La ley verdadera es la justa razón de conformidad con la naturaleza y tiene una aplicación universal, inmutable y perenne, mediante sus mandamientos nos insta a obrar debidamente y, mediante sus prohibiciones, nos evita obrar mal. Justiniano
En relación con las estadísticas sobre las migraciones sur-norte y sur-sur, del Manual Palgrave sobre Migración Sur-Sur y Desigualdad, publicado en 2024, se pueden extraer algunas observaciones y conclusiones:
- De acuerdo con la División de Población de las Naciones Unidas, en 2020 los migrantes internacionales representaban el 3.6% de una población mundial de unas 7,800 millones de personas, y solo un punto porcentual mayor a lo que fue en 1960: 2.6%.
- La migración sur-sur ha sido y sigue siendo una parte significativa de los movimientos de población mundial.
- La migración sur-sur fue la forma predominante de movimientos de población en 1990, superada por la migración sur-norte en 2005, pero en 2020 volvió a ser mayor que la migración sur-norte.
- El sur global alberga al menos el 40% de todos los migrantes internacionales.
- La migración norte-norte y sur-sur muestran volúmenes sorprendentemente comparables de migración internacional en 1990 y 2005, antes de un aumento de la migración sur-sur en 2020.
- La migración norte-sur se ha mantenido relativamente pequeña como proporción de los movimientos de población mundial con unos 10 millones de personas entre 1990 y 2020.
La narrativa predominante en algunos países del norte también ha puesto en peligro la institución del asilo. Esta institución, tan antigua como la humanidad está en riesgo porque algunas personas consideran que hay un abuso descarado del asilo porque muchos migrantes que no son refugiados lo usan para entrar a sus países por la puerta de trasera. ¿Qué dicen las estadísticas?
De acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados:
- La población de refugiados en el mundo fue de 43.4 millones de personas en 2023; tres veces más que una década antes.
- La mayoría de los refugiados permanecen cerca de su país de origen; 69% de ellos en países vecinos a fines de 2023.
- Los países de renta baja y media siguen siendo los principales receptores de refugiados, con 75% de los refugiados en el mundo.
Sea como fuere, el discurso predominante ha llevado a un cuestionamiento de la institución del asilo y a buscar maneras restringirlo severamente. Por su naturaleza, la institución del asilo remonta a la más lejana antigüedad donde encuentra expresión principalmente religiosa, y tres religiones abrahámicas dicen lo siguiente:
- En la tradición hebrea, el asilo se encuentra en el libro de Números cuando Moisés dice a los israelitas que al cruzar el Jordán hacia la tierra de Canaán, elegirán ciudades que servirán de refugio a los homicidas involuntarios (Nm 35:11). El refugio también se trata en el Deuteronomio, 4:41 y 19:1-14.
- En el cristianismo, la base del asilo se encuentra en la Doctrina de Jesús y se ha practicado a través de los siglos con la forma de asilo santuario, que fue reconocido y posteriormente denunciado por muchos Estados. Por ejemplo, Francia derogó el asilo en las iglesias en 1539, Inglaterra en 1625 y España en 1750. Ahora bien, en relación con España, debe señalarse que mediante el Concordato celebrado con la Santa Sede en 1737, España reconoció el asilo religioso con ciertas restricciones. Además, el Codex Iuris Canonici de Benedicto XV, de 1917, establece que “las iglesias gozan de derecho de asilo” (canon 1178), y que “los lugares sagrados están exentos de la autoridad civil” (c. 1258).
- En el Corán se establece la obligación de proteger a los que buscan refugio, incluidos aquellos que no son musulmanes (versículo 9:6), y la Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam de 1990, establece que “Todo ser humano tiene derecho, dentro del marco de la Sharía, a desplazarse libremente, así como a elegir lugar de residencia dentro de su país o fuera de él. En caso de ser perseguido, tendrá derecho al asilo en otro país. El país de refugio deberá concederle asilo hasta que su seguridad quede garantizada, siempre y cuando la causa de su asilo no haya sido la comisión de un crimen contemplado por la Sharía”.
Ahora bien, los Estados también vienen ejerciendo el derecho a otorgar asilo desde tiempos remotos, con un permanente esfuerzo por mantenerlo como una facultad propia de su soberanía y evitar que se transforme en un derecho que los individuos puedan exigir y que los Estados tengan deber de otorgar, es decir, un derecho subjetivo. Esta tendencia se ha mantenido en la comunidad internacional de la época contemporánea.
En todo caso, todo este debate contemporáneo sobre la movilidad humana se debe a que, como los estudios y análisis de los expertos indica, hay fundamentalmente dos perspectivas opuestas:
(1) la perspectiva política que defienden y aplican algunos países, fundamental pero no exclusivamente del norte, que dice, de manera muy resumida, que los migrantes son una carga y un peligro de todo tipo y busca la manera de restringir los derechos de las personas y, en algunos casos, incluso suspenderlos; y
(2) la perspectiva de derechos que defienden muchos países del sur, y también algunos del norte, que ubica a las personas en el centro partiendo del principio fundamental de la dignidad humana, con la debilidad, en muchos casos, de su falta de aplicación en los países de origen, lo que significa que muchas personas no pueden ejercer su derecho a permanecer.
Escritor y diplomático salvadoreño

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