Multas desde $15 hasta $900 por faltas a la convivencia ciudadana en San Salvador Centro
Prácticas que vulneren el medio ambiente, la seguridad y el orden serán multadas. Orinar, quemar artículos o pegar afiches en espacios públicos está prohibido por la alcaldía
Las personas que cometan faltas a la convivencia ciudadana podrán ser sancionadas con multas desde $15 hasta $900 por la alcaldía de San Salvador Centro (San Salvador, Mejicanos, Ayutuxtepeque, Cuscatancingo y Ciudad Delgado), de acuerdo a su ordenanza de convivencia ciudadana que ya está vigente.
La normativa municipal incluye responsabilidades y deberes de la ciudadanía dentro de los distritos en temas ambientales, relaciones vecinales, entre otros.
Por ejemplo, entre los deberes ciudadanos con el medio ambiente es requisito almacenar de forma responsable todo tipo de sustancias, materiales y equipos; cumplir las disposiciones legales ya establecidas de "No Fumar"; al interior de instituciones públicas, unidades de transporte colectivo y lugares públicos en general.
No se debe botar desechos u otros objetos en predios baldíos, quebradas, y lugares o vía pública; se debe conservar y utilizar adecuadamente las zonas verdes y áreas de recreación de las comunidades, colonias, residencias o parques.
Las contravenciones
Todo aquel que de "forma notoria" ofrezca o solicite servicios sexuales en lugares públicos, ofenda el pudor con desnudeces o por medio de palabras, gestos o actitudes obscenas, o realice exhibiciones indecorosas, realice tocamientos impúdicos o que realice actos sexuales o de connotación sexual expresiva en lugares públicos será sancionado con una multa entre los $51 y los $900.
Quien haga sus necesidades fisiológicas en aceras, parques, vías, en las afueras de establecimientos, en predios baldíos o edificaciones abandonadas privadas o cualquier otro lugar público no destinado para tal fin, que están a la vista del público transeúnte, será sancionado con multa desde los $15 a los $50.

El que ingiriera cualquier tipo de bebida alcohólica en aceras, parques, vías, parqueos o cualquier otro lugar público será multado entre $50 y $900.
Quien coloque afiches o propaganda sin la debida autorización en bienes públicos, tales como anuncios, letreros o fotografías recibirá una multa que puede oscilar entre $51 y $900.
Si alguien impide o dificulta la libre circulación en la vía pública o espacio público será sancionado con una multa que puede oscilar en ese mismo rango. La misma multa recibirá quien deteriore la infraestructura pública.
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Quien instale o abra establecimientos comerciales sin la respectiva autorización será sancionado con una multa que oscila de los $901 a los $2,200 o con el cierre definitivo.
De las contravenciones relativas a la tranquilidad pública o desórdenes se estableció que quien perturbe o moleste la tranquilidad de los habitantes mediante pleitos, gritos o discusiones recibirá una multa que puede oscilar los $51 hasta los $900.
Esta misma multa será impuesta a quienes hostiguen o maltraten verbal o psicológicamente a otra persona, siempre que el hecho no constituya falta o delito penal.
Quien provoque o partícipe de riñas o agresiones físicas en espacios públicos, unidades de transporte público será sancionado con una multa de entre los $51 a los $2,200.
Queda prohibido exigir dinero por la prestación de un servicio no solicitado como podría ser la limpieza de los parabrisas, cuidado de vehículos automotores estacionados en la vía pública, entre otras. Quien lo haga podría ser multado hasta con $900.
"En la misma infracción incurrirá quien realice el cobro por parqueo en espacio público o cobro por utilizar espacio público ya sea por única vez o de manera periódica, sin estar amparado por la normativa para realizar este cobro", se especifica en la ordenanza.
Botar, abandonar o lanzar basura o desperdicios en lugares o espacios públicos, cualquier tipo de residuos en sitios inadecuados o no autorizados será multado según sea persona natural o jurídica. Quien arroje desde cualquier medio de transporte, sustancias o basura hacia la vía o lugares públicos será multado desde los $15 a $50.
Quemar materiales que generen gases contaminantes queda prohibido y de cometerse se sancionará con multa de entre los $15 a los $50.
Quien mediante la emisión de ruidos perturbe la tranquilidad de las personas cerca de hospitales, centros educativos, servicios de emergencia, zonas residenciales, industriales sobrepasando los niveles máximos permisibles de ruido, será sancionado con una multa de entre $900 a $2,200.
Sanciones

Las sanciones serán diversas, la ordenanza contempla las amonestaciones como reparación de los daños; decomisos; trabajo de utilidad pública; multas; suspensiones de permisos y licencias y hasta el cierre definitivo.
Para la imposición de las sanciones, un delegado de la alcaldía llevará a cabo el procedimiento conforme a la gravedad del hecho cometido y la pertinencia de la sanción.
En los casos que el contraventor sea reincidente, será tomado en cuenta como agravante para la aplicación de una sanción de mayor gravedad.
Habrá una amonestación verbal o escrita cuando se cometa una contravención por primera vez, previniendo que se abstenga de infringir y advirtiéndole que de reincidir, le será aplicable una sanción de mayor gravedad, de todo lo cual se levantará acta.
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En el caso de las niñas, niños y adolescentes se aplicará amonestación verbal o escrita en presencia de los padres.
Sobre la reparación de daños, se establece que si se daña un bien público, el contraventor será sancionado con la reparación del daño causado y en caso sea procedente se llevará a cabo el aviso o denuncia correspondiente a la autoridad pertinente.
En el caso del trabajo de utilidad pública, no deberá ser mayor de ocho horas semanales y dos horas de trabajo de utilidad pública, será equivalente a $15. En el caso del incumplimiento total del trabajo o servicio comunitario, el contraventor deberá cancelar la multa impuesta.
Las multas serán pagadas dentro de los tres días siguientes a la fecha en que quede firme la resolución que la impone. Ninguna será inferior a $15.
En caso de que el contraventor no cuente con capacidad económica que le permita pagar la multa; podrá permutarse la misma, por trabajos de utilidad pública.

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