ANDRES vulnera la seguridad laboral de recolectores de desechos y autonomía municipal, afirma organización
La ley ANDRES también obliga a pagar en recibo de energía la prestación del recogido de desechos, indicaron los defensores de derechos laborales.
La Mesa Permanente por la Justicia Laboral (MPJL) denuncia que la Ley Especial de Recolección, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos conocida como Ley ANDRES es inconstitucional por, entre otras razones, atentar contra la autonomía municipal y atentar contra la estabilidad laboral de los encargados de la recolección de desechos.
“La prestación de servicios de recolección de desechos podrá hacerla una empresa, lo cual no es más que la privatización del servicio público municipal y genera incertidumbre jurídica respecto a la estabilidad laboral de las personas trabajadoras de la municipalidad que han desarrollado dicha función”, señala el comunicado extendido por la MPJL.
Sonia Mestanza, integrante de la Mesa, explicó que en los distritos de Soyapango y San Martín del municipio de San Salvador Este, donde ya funciona ANDRES, las y los trabajadores de recolección de desechos sólidos fueron desplazados por personal nuevo.
“Lo que se traduce en acoso laboral, incertidumbre e inseguridad jurídica al dejar sin funciones a la población trabajadora municipal”, consideró Mestanza.
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Guadalupe Centeno de la Federación Sindical de Trabajadores Municipales de El Salvador denuncia que los trabajadores municipales de ornato y limpieza compran de sus bolsillos bolsas, palas y otras herramientas porque las alcaldías no les otorgan los insumos. Ahora con la ley de ANDRES advierten mayor inseguridad laboral para ellos.
Además, los miembros de la MPJL denuncian que la Ley ANDRES es parte de la estrategia del gobierno central para centralizar el poder mediante la eliminación de facultades a las municipalidades y erosionar las finanzas de las mismas.
La Ley ANDRES obliga a las municipalidades a contribuir al Fondo Especial del nuevo ente con un monto equivalente al 50 % de los ingresos brutos percibidos por las tasas municipales establecidas para los servicios públicos de barrido, aseo, limpieza, transporte y disposición final de basuras y de residuos sólidos. Aún así, las alcaldías continuarán con la obligación de prestar el servicio de barrido, aseo, limpieza, transporte y disposición final de los residuos sólidos en su ámbito territorial.
Con lo anterior, no solo prevén afectaciones a la participación ciudadana sino también en las funciones municipales, ya que la administración municipal se convertirá en “meras oficinas públicas”.
“Se estarían afectando a más de 300 personas trabajadoras en el distrito de Soyapango, más de 70 en el distrito de San Martín, 223 en el distrito de Mejicanos, y decenas más en el distrito de Ciudad Delgado, municipio de San Salvador Centro”, advirtió en su comunicado oficial la Mesa.
Óscar Morales, de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho, e integrante de la Mesa, explicó que la ley es inconstitucional y que prevén presentar un recurso ante ello.
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“A través del proceso de centralización que se está haciendo de atribuciones a través de las direcciones directamente vinculadas con el Ejecutivo esto generaría una afectación directa en los ingresos a través de tasas municipales y esto contraría los principios constitucionales de la autonomía”, indicó el experto jurídico.
Obligación de pago
La Mesa recordó que la Ley ANDRES obliga a la ciudadanía a pagar por medio del recibo de energía eléctrica la prestación del servicio de barrido, aseo, limpieza, transporte y disposición final de residuos.
Ante esta medida, señalan que existe la intención de privatizar servicios públicos donde se privilegia lo privado y la ganancia sobre lo público y lo social.
“Aunado a ello, genera incertidumbre sobre el monto de dicho cobro, el cual no se encuentra consignado ni regulado en la Ley ANDRES”, indican.
Ante esto la Mesa Permanente por la Justicia Laboral exige la derogación de la Ley Especial de Recolección, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos.

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