Solo 11 jueces vigilan derechos de más de 40,000 reclusos en El Salvador

El incremento de la delincuencia y la violencia del país trae consigo el aumento de capturas y consecuentemente el trabajo de los juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena

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Los pandilleros representan la terceraparte de la población penitenciaria de El Salvador y, por lo general se resisten a participar en los programas de rehabilitación para optar por beneficios. Foto EDH/ Archivo

Por Jaime López

2019-10-13 7:00:06

Once juzgados concentran la custodia de derechos y el cumplimiento de la pena de más de 40,000 prisioneros en El Salvador, lo que tiene manos arriba a jueces, secretarios y colaboradores jurídicos por la cantidad de trabajo que eso les demanda.

Y es que cada reo condenado tiene su propio expediente que refleja el delito o los delitos cometidos y la pena que deberá pagar en prisión, y a cada uno se debe vigilar que goce de sus derechos humanos dentro de la cárcel y los programas a los que está inscrito para el proceso de rehabilitación o reinserción que por ley debe realizar.

Esa es competencia de los jueces de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena y sus equipos de colaboradores en cada juzgado que, por lo general, consta de un juzgador, un secretario y un equipo de al menos ocho abogados.

Cada uno de ellos tiene un cúmulo de expedientes que su escritorio no es suficiente para albergarlos y requiere de más espacio, por eso no es raro ver las oficinas de estos juzgados repletos de cajas y expedientes por todos lados.

Un juzgado tiene a su cargo miles de reos bajo su responsabilidad que pueden ser de un solo centro penitenciario o más. Lo ejemplifica la jueza Segunda de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena de San Salvador. “Tenemos la función de tutela de derechos y esta responsabilidad recae en cada juez, quien tiene un centro penal asignado. En este caso corresponde tutelar los derechos de las mujeres en el penal de Ilopango”, afirma.

Pero además, esta jueza tiene bajo su cargo otros reos que cumplen sus penas en cualquiera de los 28 centros penales del país.

“Tenemos reos con medidas de internamiento y ambulatorias en el hospital psiquiátrico”, añade.

En todos estos casos la ley les manda a vigilar que no haya vulneraciones de derechos de cada reo: salud, educación, que no haya tortura dentro de los penales, que estos tengan las condiciones de salubridad adecuada y control del hacinamiento carcelario entre otros.

Varios jueces consultados reconocen que varios de esos derechos no son cumplidos en su totalidad por falta de condiciones e infraestructura debido a la escasez de presupuesto. Además porque la población penitenciaria varía de un día a otro, y el comportamiento implica que ingresa el triple de los que salen del sistema.

Por ejemplo, el Juzgado Segundo de Vigilancia Penitenciaria tramita la salida de 20 a 25 reos por mes porque cumplieron sus penas y los requisitos colaterales como responsabilidad civil (pago económico por daños cometidos a la víctima). Pero, al sistema ingresan de 60 a 75 nuevos prisioneros al mes.

La jueza Cuarto de Vigilancia Penitenciaria a cargo de casi 8,000 reos del penal La Esperanza y otros más en el resto del régimen, es del criterio que el sistema de información penitenciaria debería estar actualizado. “Debe haber un margen de ingreso de información para que esté disponible pero hasta donde sé están tratando que esté actualizada”, reconoce.

La funcionaria aclaró ellos no solo se limitan a los condenados sino a los procesados en los juzgados de Paz, Instrucción y especializados, lo que ha pasado es que hay una mala percepción de que los juzgados especializados son administrativos pero no, también resuelven casos.

“Yo no solo firmo expedientes, antes los he visto y revisado, en mi tribunal veo más de 80 expedientes por días, realizo cuatro audiencias y atiende a 50 personas por día”, ejemplifica la funcionaria.

Esa realidad hace colapsar no solo a Centros Penales por falta de espacio, alimentación y otras condiciones de residencia, sino al sistema de justicia porque la atención legal, la custodia de derechos y la verificación de que se cumpla el proceso de ejecución de la pena de acuerdo con lo establecido en la ley.

Por el incremento desmedido de personas en prisión por diversos delitos como homicidios, lesiones, violaciones, robos, estafa, secuestros, extorsiones entre otros, en 2011, la Corte por disposición legislativa creó dos nuevos juzgados de vigilancia en San Salvador. Y para evitar la saturación de uno y otro juzgado, creó una oficina de recepción de procesos, a donde llegan las certificaciones de las condenas para distribuirlas equitativamente.

Fue así como en 2011, al Juzgado Segundo de Vigilancia Penitenciaria le asignaron 2,320 expedientes de igual número de reos. A estos se fueron sumando los de años siguientes, tanto que en 2019 y hasta septiembre, este juzgado llevaba ya 851 casos nuevos.

Cifra

29 mil

Solo el Juzgado Primero de Vigilancia y Ejecución de la Pena dice manejar ese número de expedientes desde 1998 a 2019.

Diligencias que exige cada reo

“Por ejemplo, nos viene una certificación con una condena para un reo de 30 años de prisión, hay que hacerle el cómputo y tenemos tres días para resolver, cualquier oficio que entre”, explica la jueza.

Pero luego de esa diligencia vienen otras. Los jueces deben responder a las quejas de los presos, familiares, abogados y organizaciones humanitarias por supuesta violación de derechos. Eso implica que deben convocar a Fiscalía y defensores. En promedio un juzgado penitenciario programa de siete a ocho audiencias por día, cada una de ellas dura de 30 a 45 minutos.

Aparte de la audiencia oral, el juzgado debe levantar un acta donde quede plasmada la resolución. Algunas de estas audiencias son para discutir beneficios por cumplimiento de las dos terceras partes de la pena que tiene como premio el trámite de la libertad condicional; además, para fijar el cómputo de la redención de la pena (de un 2 % a 3 % de la población carcelaria); que aplica cuando el reo trabaja y que significa que por por cada día de labor le descuentan dos de la pena.

Para que un convicto sea beneficiado con redención de pena debe estar en fase de confianza o semilibertad o haber cumplido la media pena o las dos terceras partes de ella.

Estos jueces también enfrentan otros problemas cuando el reo cumple su pena pero hay factores lejos de su alcance que lo impiden su libertad una vez han cumplido la pena. “Yo no puedo mantener a ningún reo detenido (tras cumplir la pena). El juzgado tiene por regla hacer la orden de libertad con 15 días de anticipación para que Centros Penales haga los preparativos necesarios para que la persona no se quede un día más”, explica la jueza.

En este proceso afecta la emergencia implementada, así como los constantes traslados de internos de un penal a otro. En este último, lo que sucede es que para convocar a audiencia a un reo se envía el oficio o la nota al penal donde, según los registros del tribunal, está el reo, sin embargo, les ha tocado, dice una jueza, que cuando llega el documento, del penal responden vía teléfono que el reo hace una semana fue trasladado.

Ese movimiento trastoca toda la logística de una audiencia y se debe reprogramar y volver a enviar el oficio a otra dirección. Esto los hace ir con un desfase o atraso de dos semanas, satura sus agendas y los procesos de los todos los presos.

“Hay un servidor informático al que están suscritos Centros Penales y la Corte Suprema de Justicia para todas las diligencias, pero el problema es que actualiza su información cada ocho o diez días. De modo que la información de los juzgados va desfasada”, explicó el funcionario.

Laboran fuera de horario

Debido a estos atrasos, la carga laboral se hace más pesada. Los jueces consultados afirman que sus equipos de trabajo deben trabajar fuera de los horarios establecidos (8:00 a.m. a 4:00 p.m.), además de los fines de semana y fechas feriadas para tratar de llevar al día los expedientes de los condenados.

Pero hay otros efectos. Según jueces consultados, varios de los colaboradores (abogados) se enferman por el estrés por el exceso de trabajo y la insatisfacción de no agotar el trabajo.

Hay algunos que también mencionan que no todos los empleados son tan comprometidos en sacar la tarea, pues señalan casos como el de una persona en que se mantiene incapacitada o no llega a trabajar, pero que, según sus compañeros, no la pueden despedir porque pertenece a uno de los sindicatos judiciales.

Debido a su poca asistencia al trabajo, su escritorio está aglomerado de expedientes de reos quienes se ven afectados en sus peticiones y reclamos, ya que no siguen el correspondiente trámite y sus compañeros muy poco pueden hacer para ayudarle por la cantidad de trabajo que ellos tienen.