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Defensoría prohíbe cobros sin autorización sobre aguinaldos y salarios

La Defensoría del Consumidor prohíbe retenciones sin autorización en salarios y aguinaldos, e insta a denunciar cobros indebidos en cuentas planilleras.

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Por Evelyn Alas
Publicado el 25 de octubre de 2025


La Defensoría del Consumidor (DC) de El Salvador activó procedimientos legales destinados a resguardar los derechos de quienes reciben salarios y aguinaldos frente a retenciones gestionadas por proveedores financieros sin consentimiento expreso.

La DC informó que se han puesto en marcha mecanismos de protección para evitar que entidades de financiamiento retengan directamente montos del salario o del aguinaldo depositado en cuentas de ahorro o planilleras sin autorización escrita por parte del consumidor.

De acuerdo con el comunicado oficial, estas acciones se consideran prácticas abusivas puesto que implican “cargos directos a cuenta de bienes o servicios que no hayan sido previamente autorizados o solicitados por el consumidor. En ningún caso el silencio podrá ser interpretado … como señal de aceptación del cargo”.

La normativa que se invoca contempla sanciones para tales infracciones, calificadas como “muy graves” según la Ley de Protección al Consumidor (LPC): artículo 18 literal c, artículo 44 literal e, y artículo 47. La multa máxima alcanza hasta 500 salarios mínimos.

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¿Por qué cobra relevancia esta medida?

El momento en que se publica esta medida es clave: se vincula con el periodo en que los empleadores deben efectuar el pago del aguinaldo a los trabajadores del sector público y privado (normalmente del 12 al 20 de diciembre).

Dada la relevancia económica que representa el aguinaldo para muchas familias salvadoreñas, la protección frente a posibles descuentos indebidos responde a un interés tanto financiero como social. 

Por un lado, busca asegurar que ese ingreso —que en muchas ocasiones constituye un apoyo para gastos extraordinarios o ahorro— llegue íntegro a quien corresponde; por otro lado, refuerza la supervisión del comportamiento de los prestadores de servicios financieros.

¿Qué deben hacer los consumidores y cuáles son los requisitos para denunciar?

La DC hace un llamado a los consumidores que hayan sido objeto de retenciones indebidas sobre sus salarios o aguinaldos a presentar una denuncia ante la institución. Los medios habilitados para atención de quejas incluyen:‑ un número de WhatsApp 7844‑1482, el teléfono 910 y la plataforma de “Defensoría en línea” (en la web oficial).

El aguinaldo no puede ser exigido en cualquier momento por el trabajador
El aguinaldo no puede ser exigido en cualquier momento por el trabajador. Foto: Freepik.

Para formalizar la denuncia, el consumidor deberá aportar como mínimo la siguiente información:

  • Número de DUI, pasaporte o tarjeta de residente (en caso de extranjeros).
  • Nombre del proveedor de servicios o productos financieros.
  • Tipo y número de la cuenta de ahorro o planillera que se vio afectada.
  • Monto que se cobró indebidamente y fecha de la aplicación.
  • Número de referencia del préstamo o tarjeta de crédito que mantiene activo con dicho proveedor (cuando aplique).

Implicaciones para proveedores de servicios financieros

Los proveedores de productos o servicios financieros quedan advertidos de que la realización de retenciones sin autorización en los salarios o aguinaldos constituye una infracción grave a la Ley de Protección al Consumidor.

La sanción mencionada —hasta 500 salarios mínimos— evidencia que el marco legal considera estas prácticas con énfasis en la prevención del abuso. Esta normativa también define que el mero silencio del consumidor no debe interpretarse como aceptación del cargo.

Para las entidades financieras, ello implica la necesidad de revisar sus protocolos de cobranza, asegurando que cualquier descuento o retención cuente con consentimiento documentado del cliente, y que las cuentas planilleras o de ahorro no sean objeto de cargos automáticos no solicitados.

Consideraciones finales para el público objetivo

Para un público compuesto por emprendedores, trabajadores asalariados o la diáspora con familiares que reciben aguinaldo en El Salvador, esta medida representa una herramienta de protección que conviene vigilar. Es aconsejable que cada receptor de aguinaldo verifique el estado de su cuenta en el momento del depósito para detectar cualquier retención no autorizada.

Asimismo, para inversionistas o entidades que interactúan con el sistema financiero salvadoreño, resulta relevante conocer que el entorno regulatorio contempla la supervisión activa de prácticas de cobro y retención en cuentas de ahorro o planilleras, lo cual puede incidir en la gestión de riesgos vinculados con créditos o cuentas nómina.

Finalmente, el acceso a la denuncias es sencillo y está habilitado a través de canales digitales, lo que facilita su uso por parte de personas tanto dentro como fuera del país.

La activación por parte de la Defensoría del Consumidor de estos mecanismos de protección indica una atención prioritaria sobre un segmento sensible del ingreso laboral. En ese marco, la vigilancia de los consumidores y un adecuado cumplimiento por parte de los proveedores son elementos esenciales para el respeto de los derechos del usuario.

TAGS:  Aguinaldo | Salario

CATEGORIA:  Dinero y negocios | Entorno económico

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