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Productores y actores del sector cafetalero deberán cumplir nuevos requisitos de registro y control si se aprueba la reforma a la ley del café.

MAG propone reforma a ley cafetalera que redefine sanciones y controles en el sector

El Gobierno presentó a la Asamblea una reforma a la ley cafetalera que amplía controles, obligaciones de registro y sanciones para actores de la cadena productiva.

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Por Evelyn Alas
Publicado el 13 de marzo de 2026

 

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El Ministerio de Agricultura y Ganadería presentó a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café. La iniciativa busca actualizar los controles en la cadena cafetalera, ampliar los actores obligados a registrarse ante el Instituto Salvadoreño del Café y modificar procedimientos de exportación. También plantea nuevos requisitos para los contratos de venta externa y la obligación de reportar operaciones mensuales. La reforma mantiene la clasificación de infracciones en leves, graves y muy graves e introduce sanciones por incumplimientos. El anteproyecto será analizado por la comisión legislativa correspondiente antes de su discusión en el pleno.

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El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café, con el objetivo de actualizar los controles, registros y sanciones dentro de la cadena productiva cafetalera.

La iniciativa será analizada por la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente, que deberá estudiar el contenido del anteproyecto antes de emitir un dictamen para su eventual discusión en el pleno legislativo.

La propuesta plantea cambios en varios artículos de la normativa vigente para ampliar las obligaciones de los actores del sector, modificar procedimientos de exportación y actualizar la clasificación de infracciones administrativas.

Ampliación de actores regulados

El proyecto establece que la normativa se aplicará a personas naturales o jurídicas que participen en la producción de semillas, plantas, producción agrícola, transformación y comercialización del café.

Además, incorpora de forma explícita a semilleristas y viveristas entre los sujetos obligados a registrarse ante el Instituto Salvadoreño del Café (ISC).

También se plantea que toda persona que transporte café en diferentes estados de procesamiento, ya sea propio o de terceros, deberá cumplir con las regulaciones establecidas en la ley.

Cambios en contratos de exportación

Entre las modificaciones propuestas se incluyen nuevos requisitos para los contratos de venta externa de café.

Estos deberán contener información como:

  • peso neto del café
  • año de la cosecha
  • calidad y preparación del producto
  • marca del exportador
  • mes de embarque
  • precio con detalle del incoterm

Asimismo, los exportadores deberán registrar dichos contratos ante el Instituto Salvadoreño del Café dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles después de su firma.

Nuevas obligaciones de reporte

La reforma también introduce disposiciones para fortalecer el control y la información del sector.

Beneficiadores, pergamineros, intermediarios y exportadores deberán reportar mensualmente sus operaciones al ISC, incluyendo:

  • cantidades recibidas
  • compras y ventas internas
  • transferencias de café
  • existencias

El instituto podrá realizar revisiones y validaciones de la información reportada para fines estadísticos o de control.

La propuesta de reforma busca fortalecer los controles en la producción, transporte y exportación del café en El Salvador.
La propuesta de reforma busca fortalecer los controles en la producción, transporte y exportación del café en El Salvador. / Foto archivo.

Clasificación de infracciones

El anteproyecto mantiene la clasificación de infracciones administrativas en leves, graves y muy graves, aunque actualiza algunos supuestos.

Entre las infracciones leves se incluye no presentar los informes requeridos dentro de los plazos establecidos.

Las infracciones graves contemplan no proporcionar información solicitada por el instituto o registrar fuera de plazo los contratos de venta externa.

Mientras que las conductas consideradas muy graves incluyen:

  • realizar operaciones de compra o venta de café sin estar registrado ante el ISC
  • efectuar ventas superiores a la capacidad real de producción registrada de la finca
  • recibir beneficios estatales con información falsa o alterada

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Controles en transporte y exportación

La iniciativa también plantea cambios en los procedimientos de exportación y transporte del café.

Entre ellos, que el sistema del Instituto Salvadoreño del Café genere el mandamiento de pago de tributos, mientras que los permisos de exportación deberán emitirse en un plazo máximo de tres días hábiles.

Además, cuando una persona transporte café sin la documentación correspondiente o con inconsistencias, la autoridad policial podrá decomisar el producto y trasladarlo al beneficio más cercano mientras se determina la responsabilidad administrativa.

Trámite legislativo

La propuesta forma parte de las iniciativas impulsadas para modificar la legislación cafetalera aprobada en 2024.

El anteproyecto será evaluado por la comisión legislativa correspondiente antes de decidir si se emite dictamen favorable para su discusión en el pleno.

De aprobarse, las reformas entrarían en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

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