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Aguinaldo 2026 tendrá protección ante cobros automáticos bancarios

El pago del aguinaldo 2026 tendrá disposiciones sobre cobros bancarios y retención de Renta, mientras el período para entregarlo comenzó este 1 de octubre.

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Resumen del artículo:

Los trabajadores salvadoreños cuentan este año con nuevas disposiciones relacionadas con el aguinaldo. El ministro de Trabajo, Rolando Castro, anunció que los bancos no deberán aplicar al aguinaldo descuentos por cobros automáticos o cargos pendientes. Además, la Asamblea Legislativa aprobó que hasta $1,500 de esta prestación sean considerados renta no gravable para efectos de retención del ISR; si el monto supera ese límite, la disposición aplica sobre el excedente. El período autorizado para entregar el aguinaldo a empleados públicos y privados comenzó el 1 de octubre y finaliza el 20 de diciembre.

El ministro de Trabajo y Previsión Social, Rolando Castro, informó este jueves 1 de octubre que las instituciones bancarias no deberán descontar del aguinaldo de los trabajadores montos correspondientes a cobros automáticos o cargos pendientes.

El funcionario también recordó que para 2026 esta prestación estará libre de retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) hasta un límite de $1,500.

El anuncio se conoce al comenzar el nuevo período autorizado para entregar el aguinaldo. El Ministerio de Trabajo confirmó que, tras las reformas aprobadas en septiembre, los trabajadores de los sectores público y privado pueden recibir esta prestación entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre de 2026.

Sobre los descuentos bancarios, Castro indicó que la disposición comprende los cobros automáticos o cargos pendientes. Esto significa que está referido específicamente a ese tipo de débitos sobre el dinero recibido en concepto de aguinaldo y no debe interpretarse, como una eliminación de las deudas que una persona mantenga con una institución financiera.

“Las instituciones bancarias no deberán aplicar descuentos al aguinaldo por cobros automáticos o cargos pendientes”, publicó el titular del Ministerio de Trabajo.

Rolando Castro explicó que todavía no existe una propuesta definida sobre cambios en el tiempo de trabajo.
Rolando Castro
Ministro de Trabajo.
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Hasta $1,500 del aguinaldo quedan libres de retención de ISR. Foto de referencia IA

¿Qué pasa con el Impuesto sobre la Renta?

Hay otra disposición que impacta directamente cuánto dinero puede recibir el trabajador. La Asamblea Legislativa aprobó el Decreto 673, que declara para el ejercicio fiscal 2026 como renta no gravable el aguinaldo contemplado en el Código de Trabajo y la compensación adicional en efectivo, hasta un límite de $1,500.

En términos prácticos, si el aguinaldo es de $1,500 o menos, no estará sujeto a la retención del ISR establecida por esta disposición. Cuando la prestación supere esa cantidad, la retención correspondiente se aplicará únicamente sobre el excedente, según explicó la Asamblea Legislativa.

Por ejemplo, para un aguinaldo de $1,700, los primeros $1,500 quedan comprendidos dentro del monto declarado como renta no gravable; los $200 restantes constituyen el excedente sobre el que corresponde determinar la retención aplicable. Esto no significa que automáticamente se descuenten $200, sino que esa cantidad es la parte que queda fuera de la exención.

La medida tributaria no es inédita. En 2024 también se aprobaron disposiciones que establecieron un límite de $1,500 para la exención de retención del ISR sobre el aguinaldo.

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Autoridades de El Salvador y Francia supervisaron la colocación de la novena torre del Aerocable en Mejicanos. Foto cortesía.

Aguinaldo puede pagarse hasta el 20 de diciembre

Otro cambio que deben tener presente los trabajadores es que el inicio del período de pago no significa que todas las empresas estén obligadas a depositar el aguinaldo desde el 1 de octubre.

La reforma aprobada por la Asamblea amplió la ventana durante la cual puede entregarse la prestación: ahora comprende del 1 de octubre al 20 de diciembre, tanto para empleados del sector privado como del público.

Por lo tanto, un trabajador que no reciba el aguinaldo durante octubre no puede concluir únicamente por esa razón que existe un incumplimiento, pues el período autorizado se extiende hasta diciembre.

La Asamblea aprobó el 23 de septiembre cinco iniciativas relacionadas con estas prestaciones. Además de modificar el período de entrega para empleados públicos y privados, las reformas incluyen disposiciones vinculadas con pensionados y obligaciones de pensión alimenticia.

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El período para entregar el aguinaldo se extiende hasta diciembre. Foto de referencia IA

Atención con las pensiones alimenticias

La disposición anunciada sobre cobros bancarios tampoco debe confundirse con las retenciones legalmente establecidas por pensiones alimenticias.

La legislación contempla que las instituciones públicas y privadas efectúen una retención del 30 % del aguinaldo o compensación económica de empleados obligados al pago de pensión alimenticia. Esa obligación tiene una regulación específica y, por tanto, es distinta de los cobros automáticos o cargos pendientes bancarios mencionados por el ministro de Trabajo.

Para 2026, la Asamblea también aprobó reformas relacionadas con pensiones y pensiones alimenticias dentro del paquete legislativo sobre las prestaciones de fin de año.

Así, para los trabajadores hay tres aspectos diferentes que conviene no mezclar: el período en que el empleador puede entregar el aguinaldo, la exención de ISR hasta $1,500 y el anuncio del Ministerio de Trabajo respecto de cobros automáticos o cargos bancarios pendientes.