Facturación electrónica se ajusta en El Salvador, conocé el nuevo plazo para corregir comprobantes
El Ministerio de Hacienda actualizó las reglas de invalidación de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) y amplió el período para corregir errores en facturas electrónicas, facturas de exportación y facturas de sujeto excluido.
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elsalvador.com
Publicado el 12 de febrero de 2026
Desde febrero de 2026, los consumidores en El Salvador cuentan con un plazo de hasta 90 días para solicitar la invalidación de facturas electrónicas, facturas de exportación y facturas de sujeto excluido, tras una actualización del Manual Funcional del Sistema de Transmisión de Documentos Tributarios Electrónicos del Ministerio de Hacienda. La medida permite corregir errores en datos como nombre, NIT, descripción o montos, brindando mayor flexibilidad y reduciendo fricciones en trámites. Cuando existen equivocaciones, el emisor debe generar un nuevo comprobante y vincularlo al anterior. Otros DTE mantienen plazos más cortos. Hacienda recomienda conservar la representación gráfica con código QR para verificaciones y gestiones posteriores.
Un dato mal escrito en una factura puede pasar desapercibido en la caja y el error aparece después, cuando el comprobante ya se encuentra en el correo. Bajo esa lógica cotidiana, el Ministerio de Hacienda ajustó el engranaje de la facturación electrónica e introdujo un cambio que promete aliviar más de un contratiempo administrativo.
Desde febrero de 2026, los consumidores salvadoreños disponen de hasta 90 días para solicitar la invalidación de determinados Documentos Tributarios Electrónicos (DTE). El ajuste quedó formalizado en la actualización del Manual Funcional del Sistema de Transmisión de DTE, que redefine los tiempos para corregir errores sin la presión de plazos demasiado cortos.
La modificación aplica específicamente a tres tipos de comprobantes: la factura electrónica, la factura de exportación y la factura de sujeto excluido. En estos casos, el nuevo período equivale a tres meses contados desde la fecha en que Hacienda autorizó el documento original. Este detalle no es menor, ya que el conteo no se limita a la fecha de compra, sino al momento de validación dentro del sistema tributario.
En la práctica, el cambio amplía la capacidad de reacción de los compradores. Si un consumidor detecta errores en su nombre, Número de Identificación Tributaria (NIT), descripción del bien o servicio, o incluso en el monto consignado, ahora puede gestionar la corrección directamente con el emisor dentro del plazo establecido. Antes, los tiempos reducidos solían cerrar esa posibilidad cuando la equivocación se descubría días o semanas después.
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Procedimiento
El procedimiento para invalidar un DTE varía según la naturaleza del ajuste. Cuando se trata de errores en la información del documento, el emisor debe generar primero una nueva factura con los datos correctos. Posteriormente, corresponde invalidar el comprobante anterior y vincularlo al nuevo código de generación. Este mecanismo permite preservar la trazabilidad fiscal y mantener coherencia en los registros electrónicos.
Si la operación comercial se cancela por completo, la invalidación puede ejecutarse sin necesidad de emitir un documento de reemplazo. En estos escenarios, el sistema reconoce que la transacción pierde efectos tributarios, simplificando el proceso tanto para comercios como para clientes.
No todos los documentos electrónicos, sin embargo, ingresan a esta ventana ampliada. Otros DTE, como notas de crédito, notas de débito o comprobantes de retención, mantienen plazos considerablemente más breves. Su invalidación solo puede realizarse dentro del día siguiente a la emisión, por lo que la revisión inmediata sigue siendo clave en operaciones empresariales o contables.
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Especialistas en materia tributaria señalan que la ampliación del plazo corrige una dificultad frecuente en la experiencia del usuario. Muchos consumidores no verifican cada campo de la factura en el instante de la compra. En transacciones rápidas o digitales, la revisión detallada suele posponerse, momento en el cual los plazos previos ya podían haber expirado.
Otro elemento relevante del ajuste es la incorporación explícita de la Factura de Sujeto Excluido Electrónica dentro del grupo de documentos que pueden invalidarse en el nuevo período. Con ello, la normativa gana consistencia y reduce interpretaciones ambiguas en el ecosistema de facturación electrónica.
Para los consumidores, Hacienda recomienda conservar la representación gráfica del DTE. Este archivo, que puede almacenarse de forma digital o imprimirse, incluye un código QR que permite verificar la autenticidad del documento en el portal institucional. En caso de requerir correcciones, reclamos o validaciones, contar con ese respaldo facilita cualquier gestión posterior.
Desde la perspectiva de las empresas, el cambio también implica ajustes operativos. Los sistemas de facturación deben mantenerse actualizados para cumplir con las nuevas validaciones de fecha y hora. Un desfase técnico puede traducirse en rechazos de invalidación o inconsistencias dentro del flujo administrativo.
Con reportes de El Diario de Hoy
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