Tributos eternamente provisionales

En noviembre de 2020 terminan otros tributos temporales: las contribuciones especiales para financiar la seguridad. Estarían vigentes solo por cinco años, nos dijeron en 2015.

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Por Daniel Olmedo

2020-01-01 6:19:20

Era el 23 de noviembre de 2007. Elías Antonio Saca gobernaba.

Ese día la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Transitoria para la Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros. Ahí se estableció un tributo que usted pagaría a través de la venta de combustible: $0.10 por galón. Con lo recaudado el Estado le entregaría un subsidio a los empresarios del transporte público de pasajeros. La ley estaría vigente hasta el 31 de julio de 2009.

El 30 de julio de 2009 la Asamblea Legislativa emitió el decreto legislativo No. 92. Mediante él prorrogó el período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010.

9 de diciembre de 2010: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 543, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2011.
14 de diciembre de 2011: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 964, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2012.
19 de diciembre de 2012: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 244, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2013.
18 de diciembre de 2013: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 595, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2014.
18 de diciembre de 2014: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 915, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015.
16 de diciembre de 2015: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 233, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2016.
20 de diciembre de 2016: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 578, que autoriza la última prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2017.
La ley de 2007 terminó su vigencia, pero el 3 de enero de 2018 la asamblea decretó una nueva, también de carácter supuestamente provisional, y en los mismos términos que la que finalmente había dejado de entrar en vigencia tras tantas prórrogas. Nuevamente se crea una contribución especial de US$0.10 por galón de combustible vendido, con el propósito —otra vez— de subsidiar a los empresarios del transporte público de pasajeros. Esta nueva ley tendría efectos hasta el 31 de diciembre de 2018.
20 de diciembre de 2018: La Asamblea aprueba el decreto legislativo No. 212, que lo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2019.

Y el pasado 23 de diciembre de 2019 la Asamblea Legislativa, aprobó —nuevamente— una prórroga hasta el 30 de junio de 2020.

Nada hay de transitorio en un tributo y subsidio que se ha renovado en once ocasiones. Bien decía Friedman: “No hay nada más permanente que un programa provisional del gobierno”

¿Por qué usted subsidia a los empresarios del transporte público de pasajeros desde 2007? Porque los transportistas son pocos y organizados; y usted y el resto de contribuyentes, no. Mientras esto siga así, usted continuará entregándoles su dinero.

En 1848 Bastiat definía al Estado como “la gran ficción a través de la cual todo el mundo se esfuerza por vivir a expensas de todo el mundo”. Le invito a trabajar duro en el 2020, pues del fruto de su trabajo no solamente vivirá su familia, sino también las de otros.

Es probable que todo esto no solo ocurra en este caso del tributo sobre las ventas de combustible. En noviembre de 2020 terminan otros tributos temporales: las contribuciones especiales para financiar la seguridad. Estarían vigentes solo por cinco años, nos dijeron en 2015.

Este año veremos si, nuevamente, usted y los demás contribuyentes mantienen su docilidad y desorganización y permiten que sigan privando a sus familias del fruto de su trabajo con tributos eternamente provisionales.

¡Feliz 2020!

Abogado.