OPINIÓN: La Sala no ha dejado sin herramientas al Estado contra el COVID

La Sala de lo Constitucional en ningún momento ha dejado sin herramientas al Estado para combatir la pandemia. Pero ha dejado claro que cualquier medida debe adoptarse dentro del marco constitucional.

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Por Erika Saldaña

2020-06-22 5:40:47

La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucionales quince cuerpos normativos relacionados con el manejo de la pandemia. En una de las sentencias más comentadas de los últimos meses, el máximo tribunal de El Salvador estableció que no se habían acreditado suficientemente las razones que justificaran la suspensión de derechos constitucionales en los dos regímenes de excepción aprobados en marzo y abril. Además, que solo mediante un estado de excepción debidamente adoptado se puede suspender los mencionados derechos, no mediante decretos provenientes de ministerios.

En la sentencia de inconstitucionalidad 21-2020 se hace una amplia exposición de los conceptos de regulación, limitación, suspensión y pérdida de los derechos. Además, se habla de la Constitución frente a situaciones de emergencia y régimen de excepción, y como aún en estas situaciones excepcionales se debe respetar la democracia y el Estado de Derecho.

Hay cuestiones de la sentencia que quisiera resaltar. En mi opinión, los problemas jurídicos que se han suscitado alrededor de la pandemia giran en torno a un punto específico: la falta de un plan concreto para atender situaciones críticas. Ningún país del mundo estaba preparado para atender una pandemia porque no ha existido inversión suficiente en los sistemas de salud alrededor del mundo. Sin embargo, en un estudio publicado por la revista Time se señala que la diferencia entre países que han atendido de mejor manera la pandemia de los que no, ha radicado en tres puntos fundamentales: el manejo del sistema de salud, la respuesta política y la respuesta financiera.

En la respuesta política se destaca el trabajo realizado en distintos países entre las gobernaciones, municipalidades, el congreso y el gobierno central. Es en este punto donde se ha percibido uno de los mayores problemas en El Salvador: no ha existido un trabajo coordinado entre las instituciones estatales y hay una incapacidad de diálogo entre los Órganos Ejecutivo y Legislativo para decretar las medidas necesarias para atender la pandemia.

Aunque la Sala de lo Constitucional no lo diga de manera tan contundente, la sentencia se le da una amplia relevancia al gran ausente durante toda la pandemia por COVID-19: la información y los datos científicos. En diversos párrafos se señala que a un proyecto de suspensión de derechos “debe adjuntarse la evidencia de riesgo o peligro, con informes técnicos o científicos, que son los elementos para valorar la necesidad de una declaratoria”. La sentencia señala que corresponde al Órgano Legislativo la obligación de documentar y acreditar la existencia de circunstancias objetivas, con base en la mejor evidencia científica, que justifique la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas a adoptar.

En la sentencia hay un esfuerzo por brindar claridad en situaciones que pueden resultar ambiguas o que tienen la necesidad de estar lo suficientemente claras por tratarse de restricción de derechos de las personas como un régimen de excepción. Aunque hay quienes que se quejan de que se trató de una sentencia declarativa, ya que los cuerpos normativos ya no se encuentran vigentes, este tipo de pronunciamientos nos brinda seguridad a futuro, sobre cuáles son los procedimientos que se deben seguir para adoptar un estado de emergencia o un régimen de excepción, cuáles son los requisitos que deben cumplirse y los límites de los poderes del Estado. Incluso detalla de cómo se debe hacer la interpretación de las normas que rigen estas situaciones.

La Sala de lo Constitucional en ningún momento ha dejado sin herramientas al Estado para combatir la pandemia. Pero ha dejado claro que cualquier medida debe adoptarse dentro del marco constitucional. Es necesario que exista voluntad política para trabajar en conjunto por la población, y además, tener claro qué se está haciendo, cuáles son los alcances y si estos son necesarios en tiempo y lugar.

 

Abogada constitucionalista.