Yo le explico, Presidente

La destitución de los magistrados de la SCn/CSJ, como se hizo sin previo procedimiento, sin garantizar el derecho de defensa y por causas espurias no establecidas en ley previa, viola al menos la Carta Democrática Interamericana, los Principios Básicos de las Naciones Unidas relativos a la Independencia de la Judicatura y la Convención Americana de Derechos Humanos

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Foto / Cortesía Capres

Por Enrique Anaya

2021-05-05 9:58:17

PUESIESQUE…en la reunión privada que el Presidente de la República (CAPRES) sostuvo el lunes 3 de mayo de 2021 con el Cuerpo Diplomático, de lo cual nos enteramos porque CAPRES, en un acto desleal y vergonzoso no cumplió su palabra y divulgó el video de dicha reunión en cadena nacional de radio y televisión, el Presidente hizo la siguiente solicitud: “Que alguien me explique por qué las condenas”.
Los representantes de gobiernos y organizaciones internacionales, como no podía ser de otra forma, utilizaron un lenguaje diplomático para exponer de modo muy elegante su postura, pero por las réplicas del Presidente, estoy convencido que él no escuchó lo que le dijeron.
Pero no se preocupe, Presidente, yo se lo explico aquí con lenguaje sencillo. Ud. tome nota, voy a ir como la canción, des-pa-ci-to:
Primero: tanto la destitución de los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (SCn/CSJ), que por orden suya (implícitamente así lo reconoció en la reunión con los diplomáticos) dispuso la Asamblea Legislativa (AL) el 1 mayo de 2021, como el nulo nombramiento de otros magistrados, es un acto inconstitucional, ilegal, violatorio de tratados internacionales y de derechos humanos y, sobre todo, una indecencia política.
Segundo: esa decisión de la AL viola la Constitución porque para destituir a un magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ello solo puede hacerse previo procedimiento (Art. 11 de la Constitución, Cn.), permitiendo ejercer el derecho de defensa (Arts. 11 y 12 Cn.), y única y exclusivamente por causas específicas previamente establecidas en la ley (Art. 186 Cn.), y como la AL no cumplió esos requisitos ineludibles, se vulneraron los principios de separación de poderes (Art. 86 Cn.) y de independencia judicial (Art. 172 Cn).
Tercero: el nombramiento de pretendidos magistrados es nulo e ilegal, porque no se siguió, de ninguna forma, el procedimiento legalmente previsto para la elección de magistrados de la CSJ, así que se vulneró la Constitución, el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa y la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura.
Cuarto: la destitución de los magistrados de la SCn/CSJ, como se hizo sin previo procedimiento, sin garantizar el derecho de defensa y por causas espurias no establecidas en ley previa, viola al menos la Carta Democrática Interamericana, los Principios Básicos de las Naciones Unidas relativos a la Independencia de la Judicatura y la Convención Americana de Derechos Humanos, y así lo ha declarado ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos en al menos 6 sentencias en que conoció y decidió en casos semejantes y equivalentes a lo que hizo la AL el 1 de mayo de 2021.
Quinto: la destitución de los magistrados de la SCn/CSJ y el nombramiento de pretendidos nuevos magistrados e, incluso, la destitución del Fiscal General de la República (FGR) y el nombramiento de alguien afín a CAPRES (Ud. mismo lo reconoció expresamente durante la reunión con los diplomáticos) es una indecencia política, porque es un intento por destruir el sistema de separación de poderes y aniquilar la independencia judicial, con el objetivo que no exista control alguno contra actuaciones arbitrarias.
Disculpe que esta explicación no pueda hacerse en un tuit, pero para no cansarlo más, no le cuento todos los antecedentes históricos —tanto nacionales como internacionales— y las experiencias de otros países, que confirman que lo hecho por la AL el 1 de mayo vulnera las nociones más básicas y elementales de un sistema político republicano, democrático y constitucional.
No tiene nada que agradecer, Presidente, estamos para servir al país (en confianza: recomiendo que contrate a un abogado que le explique estos temas tan sencillos).

Abogado constitucionalista.