CNJ: decidiendo sin deliberar

Con semejantes expresiones no se dice prácticamente nada, y equivale a cuando un fiscal pierde un caso y dice ante los medios eso tan trillado de: “la resolución no está apegada a derecho, por lo que apelaremos”…que es parecido a cuando un futbolista pierde un partido y declara ante periodistas como causa de la derrota: “así es el fútbol”.

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Paramilitares patrullan las calles de Masaya el julio 18, 2018, para aplastar todo signo de manifestación. Foto EDH / AFP

Por S. Enrique Anaya

2021-04-19 7:50:44

PUESIESQUE…ya vine de donde andaba, se me concedió volver, así que retomamos este espacio para compartir reflexiones.
Aunque parece que el ámbito jurídico ha estado en el país bastante aburrido, sí deseo comentarles sobre la elección que el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) hizo la semana pasada, de la lista de 15 candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Si bien el CNJ ha hecho importantes esfuerzos por mejorar tal proceso de elección, lo cierto es que todavía deja bastante que desear en la parte final del proceso: la deliberación, votación y motivación de la elección de los 15 candidatos, pues la sesión pública para tal objeto parece más bien una puesta en escena, en la que se desconocen los motivos reales por los cuales se opta por unos determinados candidatos y se rechazan a otros.
Un ejemplo: aspirantes con altas calificaciones en su proceso de evaluación (algunos con nota arriba de 9 sobre 10) reciben 1 o 2 votos de los consejeros, pero en la sesión pública no se expresa el motivo por el cual ese aspirante es descartado. Eso significa, indudablemente, que el CNJ cuenta con información trascendental que hace que un aspirante con nota alta no sea incluido en la lista definitiva de candidatos. No se sabe, pues, si un aspirante con altas calificaciones es excluido porque el CNJ tiene información comprometedora o, simple y sencillamente, porque les cae mal a los consejeros.
Otro ejemplo: en realidad, no existe debate público sobre los méritos de cada aspirante, sino que todo se reduce a la lectura de los datos más relevantes de la hoja de vida del candidato, la información sobre la calificación obtenida y luego, en su mayoría y salvo contadas excepciones, una intervención vacía de contenido por parte de algún consejero.
Más ejemplos: las intervenciones de los consejeros son en extremo genéricas y sin valoración de los méritos, al grado que un consejero decía los años, meses y hasta ¡los días! que un aspirante tenía de pertenecer a la carrera judicial, y una consejera motivaba su voto a favor de un candidatos con la misma frase para todos, que la repitió tantas veces que se me grabó: “el licenciado [o licenciada, o doctor] reúne los requisitos constitucionales y de trayectoria profesional y académica”.
Con semejantes expresiones no se dice prácticamente nada, y equivale a cuando un fiscal pierde un caso y dice ante los medios eso tan trillado de: “la resolución no está apegada a derecho, por lo que apelaremos”…que es parecido a cuando un futbolista pierde un partido y declara ante periodistas como causa de la derrota: “así es el fútbol”.
Solo por la ausencia de deliberación pública es que un exmagistrado que participó en un grave acto inconstitucional, como aceptar ser trasladado de Sala de lo Penal a la Sala de lo Constitucional, logra obtener unanimidad en el CNJ para una nueva candidatura a magistrado.
Pero quizá la circunstancia más evidente de la inexistencia de deliberación pública es una ausencia: me parece recordar que no se motivó ningún voto en contra (o “voto no a favor”, como prefería un consejero, para no herir susceptibilidades…ja,ja,ja) es decir, nadie dijo porqué no votaba en favor de determinado aspirante.
Se mantiene, pues, en el país, la ausencia de debate público sobre los méritos de los candidatos a magistrados de la CSJ: por supuesto, no existe en las elecciones de los abogados (en ese proceso, hasta ganan los que regalan chucherías y baratijas, y que no superarían ni la primera fase de examen en el CNJ), ni -en definitiva- en el CNJ.

Abogado constitucionalista.