Explicación no pedida, confesión dada

Es evidente, entonces, que para los integrantes del espurio Comité ad hoc se asume como ya suprimida la cláusula pétrea de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República, en tanto que se da por el hecho que el actual inquilino de CAPRES será candidato presidencial en 2029.

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Foto de referencia / Pixabay.

Por S. Enrique Anaya

2021-02-26 8:16:38

PUESIESQUE…esta semana, un reconocido abogado, integrante del espurio Comité ad hoc para las reformas constitucionales que impulsa la Presidencia de la República (CAPRES), suscribió un campo pagado titulado “Reflexiones sobre la reelección”, ocupando una página completa de al menos un matutino.
Ante las críticas hechas a CAPRES en tal publicación y, sobre todo por plantear que la misma podría significar su expulsión del referido Comité, he entendido las declaraciones del connotado abogado (quizá me equivoque, pero es mi personal interpretación) como un “grito de ayuda” para que lo expulsen del citado Comité, para así equilibrar la palabra comprometida a su amigo Vicepresidente de la República, con la comprensible necesidad de abandonar una comisión promovida y financiada por una administración presidencial caracterizada por el autoritarismo, la ineptitud, la opacidad, graves sospechas de corrupción y discursos de odio.
Pero, con independencia de las motivaciones reales de la publicación, lo realmente interesante es que en una frase se confiesa lo que ha sido, es y será el único propósito de dicho Comité: la supresión de una cláusula pétrea de la Constitución para posibilitar la reelección del actual presidente de la República, al grado que dicho cambio se da por ya hecho.
En efecto, en el campo pagado se consigna: “Si para el año 2029 estoy vivo no voy a votar por Nayib Bukele (…)”. Es evidente, entonces, que para los integrantes del espurio Comité ad hoc se asume como ya suprimida la cláusula pétrea de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República, en tanto que se da por el hecho que el actual inquilino de CAPRES será candidato presidencial en 2029. Como decía mi abuelita: “Explicación no pedida, confesión dada”.
Es importante señalar, desde la técnica constitucional, la actual situación sobre la reelección presidencial en El Salvador: primero, la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es una cláusula inmodificable del sistema constitucional; y, segundo, por sentencia de junio de 2014, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (SCn/CSJ) declaró que el lapso que debe transcurrir para que un Presidente pueda volver a ocupar tal cargo es de 2 períodos presidenciales, esto es, 10 años.
Ahora bien, es importante recordar que cuando el tribunal que tiene la última palabra en materia constitucional (en este país, la SCn/CSJ) se pronuncia sobre el contenido y alcance de una disposición constitucional, la interpretación y declaración judicial se integra a la norma, constituyendo lo que se conoce como concretización y actualización de la norma constitucional, generando lo que la jurisprudencia nacional -recurriendo a una expresión del constitucionalista Enrique Alonso García- denomina “norma subconstitucional”, la que equivale a la Constitución misma.
Así que, en el actual estado de las cosas, el principio de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República ha sido actualizado y concretizado por la jurisprudencia constitucional, indicando que el lapso mínimo para que un Presidente de la República pueda volver a ocupar el cargo es de 10 años.
Podemos compartir o no la interpretación que hizo la SCn/CSJ, pero estamos obligados a observarla: por ello, en realidad, es intrascendente si antes de 2014 algunos pocos o muchos pensaban que el lapso para intentar una nueva elección presidencial era de 5 años, pues la SCn/CSJ ya determinó que son 10 años. Pero como esa regla estorba a CAPRES, el único interés del Comité ad hoc es desaparecerla y posibilitar la reelección.
Es llamativo que, ante tantos retos que afronta el país, incluso en eventuales mejoras constitucionales, el único tema relevante para el Comité ad hoc es la reelección presidencial.

Abogado constitucionalista.