Nueva ley permite que contribuyentes “se defiendan” ante el Ministerio de Hacienda

Según abogado, ahora contribuyentes pueden cuestionar la capacidad técnica de auditores y si Hacienda se equivoca, pedir daños y perjuicios.

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Por Vanessa Linares

2018-08-24 6:45:33

La nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa abre posibilidades para que los contribuyentes salvadoreños “se defiendan” ante el Ministerio de Hacienda, explicó este viernes el abogado y notario, Maximiliano Mojica.

El gerente de impuestos del buffet Portal y Asociados, explicó que en términos concretos con “la nueva ley contencioso administrativa se abre una nueva posibilidad que tienen los contribuyentes para defender sus derechos”.

La normativa, que entró en vigencia el pasado 31 de enero, además de actualizar la ley que databa de 1978, amplía el conocimiento de la jurisdicción contencioso administrativo, cambia la institucional judicial encargada de la materia y actualiza la estructura del proceso.

El experto explicó que antes de esta ley, los magistrados de lo contencioso administrativo “habían estado lejos de los contribuyentes”; de manera que si alguno enfrentaba un proceso administrativo con Hacienda luego de que el auditor elaborara su informe fiscalizador, el contribuyente no tenía acceso al magistrado para “poder explicar sus derechos, consideraciones personales o legales o las realidades fácticas del hecho”.

Gracias al reconocimiento del principio de inmediación, la nueva ley facilita este acceso.

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También, la normativa facilita que el contribuyente se encuentre litigando en un ambiente que ya no es controlado por Hacienda. El proceso ya no es solo escrito sino que tiene una modalidad mixta en la que se realizan audiencias en juzgados y una cámara especializada.

Además, explicó Mojica, como “tradicionalmente Hacienda había sido intocable”, la ley estipula que si la cartera de Estado “se equivoca” poniendo un impuesto a un contribuyente, éste podrá solicitar daños y perjuicios e incluso cuestionar la capacidad técnica de las personas designadas para realizar la auditoría. Para el abogado, algunos de los auditores no poseen la experticia necesaria para hacer el informe de fiscalización y tampoco tienen reguladas sus funciones o facultades.

“Los procesos siguen igual de complicados con Hacienda pero ahora se tiene algún tipo de garantía de que va a escuchar y va a examinar el proceso con una óptica que no sea con ánimo recaudatorio”, consideró el representante.

Con la nueva ley se esperaría que baje el porcentaje de apelaciones que presentan los contribuyentes y también se reduzcan los fallos confirmatorios (aquellos en los que tras la apelación, el tribunal “le da la razón” a Hacienda). Junto a la ley también entró en vigencia el Decreto Transitorio del Procedimiento Administrativo y del Régimen de la Administración Pública que regula la nulidad absoluta o de pleno derecho, el agotamiento de la vía administrativa, la revocatoria por razones de ligitimidad y los efectos del silencio administrativo.