Sala resuelve que Conan Castro no puede representar judicialmente al Consejo de Ministros

El máximo tribunal argumenta que, de conformidad con los artículos 3 y 22 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, el funcionario no se encuentra facultado para representar a dicho órgano.

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Foto EDH / Cortesía

Por Milton Rodríguez

2020-11-30 1:19:01

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió una resolución en la cual declara sin lugar la intervención del secretario jurídico de la Presidencia, Conan Tonathiú Castro Ramírez, en representación del Consejo de Ministros.

El máximo tribunal argumenta que, de conformidad con los artículos 3 y 22 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo (RIOE), el aludido funcionario no se encuentra facultado para representar a dicho órgano.

En la resolución se detalla que el artículo 47 del RIOE no confiere al titular de la Secretaría para Asuntos Legislativos y Jurídicos de la presidencia de la República la facultad de representar judicialmente al Consejos de Ministros.

Por otra parte, cita al artículo 22, el cual prevé que dicho funcionario debe asumir la calidad de secretario del mencionado consejo; sin embargo, esta calidad no le confiere más atribuciones que la de dar fe de los puntos agendados y discutidos en las sesiones, así como de los acuerdos acordados por el órgano colegiado.

La resolución explica que el proceso de amparo finaliza por la vía del desistimiento, el cual consiste en la declaración unilateral de voluntad del actor de abandonar el proceso.

En el escrito se menciona que el demandante llegó a un arreglo extrajudicial con la autoridad demandada, en virtud de la cual recibió una indemnización.

CONSULTA AQUÍ LA RESOLUCIÓN COMPLETA DE LA SALA