Trabajar ocho horas al día, una demanda de hace más de un siglo en El Salvador
La jornada laboral de ocho horas tiene más de un siglo de historia en El Salvador. Documentos muestran las demandas obreras desde 1911.
La jornada laboral de ocho horas tiene más de un siglo de antecedentes en la historia salvadoreña. Documentos recuperados por el historiador Héctor Lindo muestran que desde 1911 organizaciones de trabajadores centroamericanos ya planteaban establecer un máximo de ocho horas diarias de trabajo.
Lindo compartió un video en el que reconstruye algunos de esos momentos históricos a partir de documentos de 1911 y 1921. El recorrido comienza con el Primer Congreso Centroamericano de Obreros, celebrado en San Salvador en noviembre de 1911.
Las resoluciones de aquel encuentro abordaron, entre otros asuntos, las condiciones físicas, sociales y educativas de los trabajadores. Una de las preguntas planteadas fue cuántas horas debían destinarse diariamente al trabajo.
La respuesta quedó plasmada en el artículo 7 de sus resoluciones: cada Estado debía reglamentar las horas laborales tomando en cuenta sus condiciones particulares, pero procurando sostener un máximo de ocho horas diarias para los trabajadores a jornal. El documento también contemplaba dos horas destinadas al almuerzo.
🇸🇻 La lucha por la jornada laboral de 8 horas en El Salvador no es nueva, tiene más de un siglo de historia. 👇
— Héctor Lindo (@hector_l_f) September 23, 2026
🔹 1911: En el Primer Congreso Centroamericano de Obreros se acordó «sostener como máximum ocho horas diarias para los obreros que trabajan por día».
🔹 1921: Durante… pic.twitter.com/4X1DZbaEoP
De una demanda obrera a un texto constitucional
Una década después, la jornada de ocho horas volvió a aparecer entre las demandas laborales. Según el documento histórico mostrado por Lindo, en 1921 trabajadores solicitaron ante la Constituyente Federal el "descanso dominical y las ocho horas de trabajo".
Ese mismo año, la Constitución Política de la República de Centroamérica incorporó la jornada de ocho horas en su apartado dedicado al trabajo y la cooperación social.
El artículo 163 establecía que la jornada máxima obligatoria del trabajo asalariado sería de ocho horas al día y que, después de seis días de trabajo, habría uno de descanso.
El texto constitucional también regulaba otros aspectos laborales. El mismo artículo establecía responsabilidades del patrono frente a determinados accidentes ocurridos a sus trabajadores durante el ejercicio de sus labores.
Los documentos permiten observar así un recorrido entre la propuesta planteada por organizaciones obreras en 1911 y su incorporación, diez años después, en la Constitución Federal de 1921.
Las leyes laborales avanzaron durante las décadas siguientes
En paralelo a estas demandas, El Salvador comenzó a desarrollar legislación relacionada con las condiciones de trabajo.
Uno de los primeros antecedentes fue la Ley sobre Accidentes de Trabajo de 1911. Investigaciones académicas de la Universidad de El Salvador la identifican como uno de los puntos de partida en el desarrollo de la legislación laboral salvadoreña.
Otro paso ocurrió en 1927 con la Ley de Protección a los Empleados de Comercio. Esta normativa estableció condiciones específicas para este sector, entre ellas la limitación de la jornada laboral, descansos, asuetos y vacaciones.
Una investigación de la Universidad de El Salvador precisa que la ley del 31 de mayo de 1927 estableció jornadas de ocho horas para los hombres y siete para las mujeres empleadas en el comercio. También contemplaba prestaciones por enfermedad, descansos, asuetos y 15 días de vacaciones remuneradas al año.
Un año después se produjo otro avance. El 13 de junio de 1928 se emitió el Reglamento de las Horas de Trabajo, que estableció una jornada de ocho horas para diferentes actividades y contempló multas para los empleadores que incumplieran sus disposiciones.
La evolución de las normas laborales continuó durante el siglo XX. En 1946 se creó el Ministerio de Trabajo y posteriormente el país desarrolló nuevos instrumentos de protección laboral hasta la consolidación de estas disposiciones en el Código de Trabajo.
Más de cien años después de aquel congreso celebrado en San Salvador, los documentos históricos permiten rastrear cómo la jornada de ocho horas pasó de ser una demanda expresada por organizaciones obreras a formar parte de la legislación laboral salvadoreña.
