Diputados superan observaciones a reforma de la Ley de Carrera Policial

Los elementos de la policía que ya hayan ejercido labores administrativas, no deben realizar practicas.

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Foto EDH/ archivo

Por Magdalena Reyes

2019-11-28 9:53:07

Diputados aprobaron este jueves que en la Ley de la Carrera Policial prime el derecho a la igualdad para el personal policial que se encuentra en el proceso de ascenso en todos los niveles o categorías.

Con la reforma al artículo 22 de la Ley de la Carrera Policial se establece que “una vez ingresado a la ANSP, el aspirante deberá aprobar los cursos correspondientes a cada nivel y categoría. Dichos cursos serán del más alto nivel académico y técnico, de acuerdo al pensum y plan de trabajo establecidos por el Consejo Académico de la ANSP, en coordinación con el Director General de la PNC”.

Establece que la duración del curso para el nivel básico como mínimo será de cinco meses de formación teórica y práctica y de tres meses de entrenamiento en el servicio (practicas).

Mientras que para quienes ingresen por convocatoria exterior, en la categoría de Subinspector el curso constará de doce meses como mínimo de formación teórica-práctica y de seis meses de entrenamiento en el servicio.

Los cursos para los demás niveles solamente deberán constar de un período de formación teórica y práctica en la Academia Nacional de Seguridad Pública.

Según el diputado Mauricio Ernesto Vargas de esta manera los aspirantes a ascensos que ya hayan realizado prácticas administrativas en la espera del ascenso, ya no tendrá que realizarla y su ascenso será efectivo.

La reforma se realizó con base en que la Ley de la Carrera Policial no regula el tiempo de entrenamiento para el personal que asciende en la Policía Nacional Civil.

El presidente Nayib Bukele había devuelto observado el decreto 477 de la Asamblea que reformó la Ley de la Carrera Policial para eliminar la práctica policial para los ascensos del personal policial.

El mandatario sugirió ubicar la reforma que suprime la práctica policial en el capítulo sobre “Procedimiento general de ascenso” de dicha ley, ya que el capítulo que contenía la reforma regula el ingreso de la carrera policial.