Sala mantiene vigencia de Ley sobre Enriquecimiento Ilícito

Con la nueva Ley de Probidad, los diputados le quitaban potestades a la Corte Suprema de Justicia para la imponer sanciones, multas, entre otras.

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El soldado José Pérez Turcios fue asesinado en agosto de 2015. foto edh/archivo

Por Jaime López /Eugenia Velásquez

2018-02-13 9:36:01

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió mantener en vigencia la vieja Ley sobre Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos (LEIFEP) y declaró inconstitucional la nueva Ley de Probidad aprobada por la Asamblea Legislativa el 16 de julio de 2015.

Insatisfechos con los alcances y contenido de la nueva normativa, representantes del equipo gestor de la Ley de Probidad, integrado por entidades como Fundación, Transparencia y Justicia, Funde y Fusades, presentaron un recurso de inconstitucionalidad en enero de 2016.

De acuerdo con los constitucionalistas, la Ley de Probidad fue rechazada por haber surgido a iniciativa de los diputados y no de la Corte Suprema de Justicia como debía ser.

Además plantean los magistrados que la normativa no reúne las formalidades y no regula los elementos mínimos que vuelven aplicable el juicio por enriquecimiento ilícito, lo que constituye una omisión legislativa.

Asimismo, indican que omite regular el juicio civil y la devolución de la riqueza obtenida de forma ilícita, pero además imposibilitan a la CSJ a iniciar un juicio, lo que constituye un fraude a la Constitución.

También argumentan que los diputados le quitan la potestad sancionatoria al Pleno de la Corte como a imponer multas y transfieren esa competencia a la Sala de lo Civil.

De igual forma, la nueva normativa impide que el Pleno de la Corte se pronuncie en el supuesto de que existan indicios de enriquecimiento ilícito contra algún funcionario y que ordene a la Cámara de lo Civil iniciar el juicio civil correspondiente.

Por esas y otras carencias, la Sala declaró inconstitucional la nueva Ley de Probidad y ordena que siga vigente la antigua ley (LEIFEP).

Claudia Umaña, presidenta de DTJ se mostró satisfecha con la resolución de la Sala, pues a su juicio, la Ley de Probidad fue aprobada de forma “apresurada e inconsulta”.

“Uno de los puntos de nuestra demanda y que fue valorado por los magistrados fue que los diputados no regulaban el juicio civil por enriquecimiento ilícito sin justificar, suprimir las competencias de la CSJ y la efectiva aplicación que se ha dado en los procesos abiertos”, detalló, Umaña.

Diputados reaccionan

El diputado de GANA, Franzis Zablah, afirmó que esa resolución ya se veía venir porque “dejaba sin herramientas a Probidad” y que como diputados no tienen “potestad para legislar sobre la Corte”.

El diputado del FMLN, Rolando Mata, sostuvo que “no pareció a los cuatro señores (magistrados)” que los procesos por enriquecimiento ilícito de los funcionarios públicos sean conocidos por la Sala de lo Civil y las Cámaras de lo Civil y si se comprobaba el ilícito, se denunciara ante la Fiscalía para que inicie el proceso penal.

Añadió, que si bien la modificación a la antigua Ley es potestad de la CSJ, no le quita facultad a los diputados para legislar sobre el asunto.

Mata también rechazó que la regulación en lo concerniente a tribunales sea solo competencia de la CSJ y no de los diputados. “Eso no lo dice la Constitución”, afirmó.

El diputado del PCN, Mario Ponce, reconoció que todo fue una ligereza de la Asamblea Legislativa al presentar un “proyecto de Ley hecho a su medida”.

“Los diputados cometimos ese error de no haber consultado al Órgano Judicial”, detalló el legislador pecenista.

El diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, manifestó por su parte que “esta ley fue aprobada sin los votos de ARENA. Nosotros sabíamos que era inconstitucional porque la iniciativa de ley en materia de enriquecimiento ilícito es del Órgano Judicial”.

Explicó que la atribución de juzgar el enriquecimiento ilícito en la vía administrativa es del Órgano Judicial a través de la Sección de Probidad y las Cámaras de lo Civil.